
Hay un tramo de poco más de dos horas en la última navegación del ARA San Juan que, casi nueve años después de la tragedia, continúa sin una explicación definitiva.
A las 8:36 del 15 de noviembre de 2017 comenzó el último intento automático de conexión del submarino mediante el sistema satelital Iridium. Se prolongó durante 532 segundos, hasta aproximadamente las 8:45. A las 10:51, la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBTO, por sus siglas en inglés) fijó la producción de un “evento anómalo, singular, corto, violento y no nuclear consistente con una explosión”.
Entre esos dos mojones no hubo nuevas comunicaciones provenientes de la nave.
Ese interrogante ocupa un lugar relevante en los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dio a conocer este jueves y permite observar desde otra perspectiva el debate sobre las responsabilidades por la muerte de los 44 tripulantes.
El 8 de julio, al término del juicio, el tribunal condenó por mayoría al ex capitán de navío Claudio Javier Villamide a tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, mientras que los otros tres ex altos mandos que llegaron al debate, Luis López Mazzeo, Héctor Alonso y Hugo Correa, fueron absueltos por unanimidad. Villamide había sido comandante de la Fuerza de Submarinos y autoridad de control operativo de esas unidades durante 2017.
La condena tampoco fue unánime: Mario Gabriel Reynaldi y Enrique Nicolás Baronetto conformaron la mayoría, mientras que Luis Alberto Giménez se inclinó por absolver también a Villamide. La diferencia adquiere especial relevancia al leer ahora sus argumentos, porque uno de los puntos que los separó fue, precisamente, hasta dónde podía avanzar la atribución penal cuando la secuencia física que desembocó en el naufragio no pudo reconstruirse en su totalidad.

El juicio se desarrolló en Río Gallegos entre el 3 de marzo y el 8 de julio de este año. La acusación estuvo encabezada por el fiscal general interino Gastón Franco Pruzán y, en representación de distintas familias de los tripulantes, participaron como querellantes Luis Tagliapietra, Lorena Arias y Valeria Carreras. Durante el proceso declararon decenas de submarinistas, técnicos, especialistas y ex integrantes de la Armada.
Los cuatro imputados ocupaban distintos lugares en la cadena naval. López Mazzeo estaba al frente del Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada (COAA); Villamide conducía el Comando de la Fuerza de Submarinos (COFS); Alonso era jefe del Estado Mayor de ese comando y oficial evaluador del alistamiento; y Correa se desempeñaba como jefe del Departamento de Operaciones, además de tener funciones vinculadas con la navegación y las comunicaciones.
Fue dentro de ese extenso debate donde las últimas horas del San Juan adquirieron un peso decisivo.
Buena parte de la madrugada del 15 de noviembre pudo reconstruirse.
Durante la noche anterior, en medio de condiciones meteorológicas adversas, ingresó agua de mar por el sistema de ventilación hacia el sector de la batería de proa. La contingencia provocó un cortocircuito y un principio de incendio. La tripulación salió a superficie para ventilar y la batería afectada quedó fuera de servicio.
Informado de la situación, Villamide canceló la patrulla y dispuso que el submarino regresara a Mar del Plata.
A las 6 de la mañana, el comandante del San Juan, Pedro Martín Fernández, transmitió un SITREP -un reporte de situación- en el que informó lo ocurrido. Para entonces la nave continuaba desplazándose y lo hacía con circuito dividido, mediante la sección de propulsión que permanecía operativa.
Ese mensaje fue interpretado por algunos especialistas como un dato relevante: el submarino había sufrido una avería seria, pero todavía estaba bajo control. Uno de los testigos recordó que el reporte señalaba que no había novedades entre el personal y que la unidad continuaba navegando; por eso, explicó, transmitía “cierta tranquilidad”.

Poco después, Fernández solicitó modificar el itinerario de regreso. A las 7:19 se produjo la comunicación telefónica desde la nave. Luego, a las 8:27, desde tierra fue autorizado el cambio de ruta y nueve minutos más tarde comenzó el último log on del sistema satelital Iridium.
Ese registro técnico terminó alrededor de las 8:45.
A partir de allí, la reconstrucción deja de apoyarse en comunicaciones directas del San Juan.
Uno de los submarinistas que intervino en el Consejo Asesor del Arma Submarina describió durante el juicio el límite de la información disponible: después del último turno de comunicaciones, “la antena no se loggeó más con el satélite”. Y precisó: “A partir de ahí no sabemos si arriaron la antena, o apagaron el equipo, tampoco si se quedaron en plano periscopio o fueron a plano profundo”.
La duda, agregó, alcanzaba incluso a la relación entre la avería de la madrugada y el desenlace posterior: “La pregunta es si lo que pasó a las 10.51 tiene algo que ver con lo que pasó a la medianoche, se puede pensar que sí, pero también puede ser que no se relacionen, porque puede ser que haya pasado otra cosa”.
El mismo testimonio condensó el punto hasta donde podía llegar la certeza técnica: “La única certeza es que el submarino se fue demasiado en plano e implosionó”.

En otros términos, se conoce el desenlace: el San Juan descendió hasta superar la profundidad que su estructura podía resistir y sus restos fueron encontrados posteriormente a 907 metros. Lo que permanece abierto es qué desencadenó la pérdida de control que lo llevó hasta allí.
Las audiencias expusieron varias secuencias técnicamente compatibles con ese desenlace, pero ninguna logró convertirse en una explicación única y comprobada.
El capitán de navío Diego Daffunchio, submarinista que posteriormente comandó el ARA Santa Cruz, analizó las causas capaces de producir una pérdida de plano. Entre las alternativas mencionadas en su declaración figuraron un blackout, la rotura de una tubería o una falla en la alimentación eléctrica que afectara el sistema de control de los planos.
Otros testimonios se detuvieron precisamente en la posibilidad de un apagón. Los especialistas en electricidad Luis Amilaga y Jorge Mercado explicaron durante el debate los procedimientos previstos ante un blackout total: reiniciar manualmente los interruptores de las baterías e intentar restablecer cuanto antes la alimentación.
La pérdida de propulsión aparecía como otra posibilidad vinculada. El problema no era solo identificar una falla eléctrica, sino establecer si una contingencia de ese tipo podía haber dejado al submarino sin capacidad suficiente para detener el descenso.
También cobró relevancia una eventual generación de hidrógeno en el sector de las baterías.
Esa línea había sido estudiada por la Comisión Asesora del Ministerio de Defensa, integrada por los contraalmirantes retirados Alejandro Kenny y Gustavo Trama, y por el capitán de navío retirado Jorge Rolando Bergallo. Los tres tenían experiencia submarinista; Trama y Bergallo habían comandado el ARA San Juan. Este último, además, era el padre de Jorge Ignacio Bergallo, segundo comandante de la nave y uno de los 44 fallecidos.

La comisión examinó la posibilidad de que, después del ingreso de agua y el cortocircuito, se hubiera generado suficiente hidrógeno como para provocar una explosión interna que neutralizara de inmediato a la tripulación. Durante las audiencias se explicó que sus cálculos contemplaron incluso el tiempo necesario para que ese gas alcanzara una determinada concentración. Pero tampoco sus integrantes presentaron esa reconstrucción como una constatación directa de lo ocurrido.
En uno de los pasajes del debate referido a ese análisis se admitió con claridad el límite de aquella inferencia: “Están seguros que estuvieron en inmersión con el hidrógeno creciendo en el interior, pero no tienen certezas”, consignaron los fundamentos al reproducir la declaración.
La existencia de sistemas para medir gases agregó otra variable. Carlos Schutz, maquinista y ex tripulante del San Juan, declaró sobre los mecanismos de detección y las contingencias registradas durante navegaciones anteriores.
Otro especialista, al ser interrogado directamente sobre qué podía haber agravado la condición del submarino después del SITREP, respondió que solo se le ocurría una producción de hidrógeno superior al 4% que hubiera incapacitado a los tripulantes para reaccionar. Pero, acto seguido, la propia prueba volvió a mostrar su límite: era una explicación posible, no la comprobación de lo sucedido dentro del casco.
La acumulación de hipótesis -una falla eléctrica, una pérdida de propulsión, un nuevo ingreso de agua, una eventual concentración de hidrógeno o algún otro acontecimiento- terminó por exponer el núcleo del problema: los expertos podían describir distintos mecanismos capaces de provocar el descenso, pero no observar cuál de ellos había ocurrido efectivamente.
Ese límite técnico terminó proyectándose sobre la discusión jurídica.

Para el presidente del tribunal, Mario Gabriel Reynaldi, la imposibilidad de identificar la última falla física no impedía responsabilizar penalmente al ex oficial Villamide.
El magistrado situó el análisis en los deberes que tenía el ex comandante de la Fuerza de Submarinos y en los riesgos que debía administrar por su función.
Su razonamiento partió de una idea que después su colega Baronetto retomó expresamente: la navegación submarina posee un “riesgo base” tolerado, pero quienes ocupan posiciones de control tienen la obligación de evitar que ese peligro supere los márgenes permitidos.
La discusión, entonces, no debía agotarse en determinar qué ocurrió exactamente dentro del San Juan después de las 8:45. Para Reynaldi también importaba reconstruir qué condiciones habían precedido a ese momento y qué medidas correspondía adoptar frente a ellas.
En ese marco valoró las novedades materiales acumuladas durante 2017, los antecedentes de ingreso de agua, las tareas de mantenimiento pendientes, las inspecciones y la información que llegaba al COFS. La acusación había sostenido que Villamide, por las funciones que ejercía, debía intervenir en el alistamiento, coordinar el sostén logístico y desempeñarse como autoridad de control operativo de los submarinos.
Reynaldi también examinó lo ocurrido durante la última madrugada. Villamide, al conocer el principio de incendio, suspendió la patrulla y ordenó regresar a Mar del Plata, aunque dejó en manos de Fernández la decisión de continuar en superficie o volver a inmersión “según la factibilidad” y las condiciones que enfrentara a bordo.

Para el voto de la mayoría, la autonomía que reglamentariamente tenía el capitán Fernández como comandante del submarino no anulaba las obligaciones propias del jefe del COFS. El llamado “principio de confianza” permite distribuir responsabilidades dentro de una estructura jerárquica compleja, pero no libera necesariamente a un superior de actuar frente a riesgos que se encuentran dentro de su ámbito de competencia.
Ahí aparece el punto central de su razonamiento: la falta de certeza sobre el desencadenante inmediato no eliminaba, para el juez Reynaldi, la posibilidad de estudiar si previamente se había incrementado un riesgo que Villamide tenía el deber de controlar.
Baronetto desarrolló esa idea en términos expresos. “En resumen, en los delitos de infracción de deber el garante, como funcionario público, tiene la obligación positiva de configurar un mundo seguro; por ende, cualquier administración defectuosa de su esfera de organización que genere un riesgo prohibido conduce a la responsabilidad”, escribió.
Y agregó: “Como bien dijo el colega preopinante Dr. Reynaldi, se reconoce un ‘riesgo base’ tolerable en la vida moderna, pero el deber de cuidado obliga a mantener la actividad dentro de esos límites”. Luego remató: “Si el garante permite que la peligrosidad desborde los límites autorizados, se configura el injusto”.
Desde ese enfoque, el tribunal podía preguntarse si el resultado representaba la concreción de un riesgo previamente incrementado sin necesidad de identificar una única pieza, maniobra o falla como causa inmediata de los hechos.
Baronetto también abordó otro de los cuestionamientos que atravesaron el expediente: la falta de una pericia integral sobre los restos de la nave. Frente a ese planteo sostuvo que una medida de ese tipo resultaba “innecesaria e inconducente para el dictado de un pronunciamiento de certeza en esta instancia”.
Para justificarlo destacó el caudal de prueba existente: los informes de Kenny, Trama y Bergallo; los dictámenes de Gerardo Bellino y Arturo Marfort; la información del fabricante ThyssenKrupp; las imágenes del hallazgo; los registros de la CTBTO y las declaraciones de decenas de submarinistas.

El juez Luis Alberto Giménez trazó el límite en otro punto.
Para el magistrado, acreditar que Villamide tenía “deberes funcionales” y que existían riesgos anteriores no alcanzaba para imputarle penalmente el resultado trágico. Había que demostrar que las conductas concretamente reprochadas se vinculaban con el estrago de una manera compatible con el grado de certeza requerido para una condena.
Su voto comenzó, incluso, cuestionando la forma en que la acusación había individualizado los deberes de los cuatro imputados. Según escribió, durante el debate persistió una “imprecisión en orden a los deberes incumplidos”, que después no fue subsanada de manera suficiente.
Al llegar a la situación de Villamide, Giménez se detuvo primero en la válvula E19, la pieza del sistema de ventilación vinculada con el ingreso de agua.
“¿Cómo sabemos que falló la válvula? No sabemos qué pasó con la válvula”, planteó.
Para el juez, si la válvula había sido colocada nueva durante la reparación de media vida, no tenía vencido su plazo de recorrido y no existía una solicitud de obra correctiva pendiente sobre ella, no podía trasladarse automáticamente aquel episodio al ámbito de responsabilidad directa del comandante de la Fuerza de Submarinos.
Pero su objeción principal estaba unas horas más adelante.
“El otro obstáculo lo tenemos entre las 8.30 y las 10.51. Es un hecho desconocido, no pudo ser evitado por Claudio Javier Villamide”, sostuvo. Y precisó inmediatamente después: “Segundo obstáculo, el desconocimiento en esta franja, en este lapso que desemboca en la tragedia”.
Para Giménez, ese tramo no constituía una mera ausencia de información susceptible de ser superada mediante la teoría del riesgo. Representaba una incógnita acerca de qué causa se concretó efectivamente.

Su razonamiento apuntaba al nexo: si no podía determinarse qué desencadenó finalmente la pérdida de profundidad, tampoco podía afirmarse con la certeza necesaria que otra conducta del imputado hubiera evitado el naufragio.
A esa conclusión sumó un tercer componente, al que llamó “la cultura organizacional naval”. Describió a la Armada como una organización atravesada por controles horizontales y verticales, reglamentos minuciosos y una distribución específica de competencias.
“Villamide no podía hacer lo que quería, estaba todo regulado”, escribió. Y colocó junto a esos reglamentos otro límite para su actuación: la autonomía del comandante de la unidad, que definió no como una concesión de Villamide, sino como “una obligación reglamentaria de respetarse”.
En esa lectura, el capitán Pedro Martín Fernández era quien se encontraba en el escenario, conocía directamente el comportamiento de la nave, el estado de su tripulación y las condiciones del mar. Villamide había recibido la novedad, suspendido la misión y ordenado el regreso. El interrogante era hasta dónde podía exigírsele desde tierra anticipar un acontecimiento que todavía hoy no pudo establecerse con precisión.
Las dos posiciones terminaron enfrentándose sobre una cuestión común.

Para Reynaldi y Baronetto, desconocer la falla final no impedía determinar si, antes de ella, se había creado o tolerado un riesgo jurídicamente desaprobado que finalmente se concretó en el estrago.
Para Giménez, en cambio, esa misma incógnita impedía cerrar el vínculo causal: si no se sabía qué ocurrió durante el tramo decisivo, no podía asegurarse que el resultado correspondiera precisamente al riesgo atribuido a Villamide y no a otro episodio posterior.
Con todo, el juicio reconstruyó comunicaciones, decisiones, averías, procedimientos y buena parte de la última navegación. Los expertos pudieron describir escenarios técnicamente posibles y los jueces establecieron responsabilidades diferentes para los cuatro ex altos mandos que llegaron al banquillo.
Pero las dos horas que van del último registro del Iridium al evento de las 10:51 conservaron un interrogante que terminó atravesando el propio fallo.
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