
Desde el 1° de junio de 2026, rige en Argentina la obligación de utilizar un nuevo modelo de recibo de sueldo. El cambio surge a partir del Decreto 407/2026 y afecta a todos los empleadores, sin distinción de tamaño. Sin embargo, en el cierre del mes de junio, numerosas empresas continúan entregando recibos con el formato previo, mientras otras ya incorporaron las novedades que exige la reglamentación. Esta diferencia genera inquietud y consultas entre trabajadores y empleadores, quienes buscan entender el alcance y los motivos detrás de la implementación dispar.
El modelo de recibo actualizado presenta cambios relevantes en la estructura y en la información que se debe brindar. Según la reglamentación, ahora el documento incluye, antes de detallar el sueldo bruto y la liquidación, una sección específica que muestra el costo total del empleador. Luego sigue la liquidación habitual, con los conceptos remunerativos, no remunerativos, deducciones y sueldo neto. Como novedad principal, al final del recibo aparece un resumen de la composición del costo laboral y un gráfico de torta, que representa visualmente cómo se distribuyen los costos entre los distintos conceptos.
La incorporación de este gráfico y de datos adicionales busca ofrecer mayor transparencia sobre los componentes del salario y el costo laboral total. Sin embargo, especialistas advierten que el exceso de detalles podría dificultar la comprensión. “El objetivo es que el empleado vea el costo total, cuánto se queda y cuánto se quedan los organismos y todo. Pero no se contempló que el impuesto a las ganancias, en el gráfico de torta, se informe por separado”, explica Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios. El consultor señala que la información extra puede resultar compleja para quienes no están familiarizados con conceptos técnicos y que “el recibo es bastante, con muchos datos”.
El decreto no otorga un plazo adicional para la adaptación. La obligación de usar el nuevo formato comenzó a regir el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. “El decreto, claro, acá dice en artículo 23 que entra en vigencia el día de su publicación en el oficial. Cuando dijo, ahí reglamentó cómo tiene que ser el recibo que sacó el anexo, a partir de ese momento de la publicación están, pasó a estar vigente y la obligación de emitir conforme ese modelo”, detalla Domínguez. Frente a esta exigencia inmediata, muchas empresas encontraron dificultades para adecuar sus sistemas de liquidación.

El proceso de adaptación requiere modificar el software utilizado para la liquidación de sueldos, parametrizar nuevos conceptos y sumar controles para evitar errores. “Obviamente, es imposible que salga un día y, a partir de los recibos ese día, se puedan emitir de esa manera, porque había que adecuar los sistemas”, comenta Domínguez. Algunas empresas lograron completar los cambios en pocos días, mientras otras necesitaron más tiempo.
Las empresas de mayor tamaño, con equipos internos o proveedores tecnológicos, pudieron avanzar más rápido. Sin embargo, las firmas pequeñas o aquellas que liquidan sueldos de forma manual, por ejemplo usando Excel, enfrentan mayores complicaciones. “El tema es que hay empresas muy chicas que liquidan los sueldos en Excel, ponele, y tienen los recibos en Excel. Bueno, ahí tienen que rearmar todo. El Excel, que es un poco más complejo que un sistema puesto más manual, rearmarlo, generarlos con ese gráfico de torta, contemplar todos los casos. Bueno, eso es más complejo, parece. O sea, los más perjudicados son así las empresas pequeñas, que liquidan manualmente, con sistemas así de ese tipo”, describe Domínguez.
El nuevo modelo detalla conceptos como contribuciones patronales individualizadas, conceptos convencionales a cargo del empleador, prorrateos y la composición gráfica del costo. Para muchos empleadores, el principal desafío es que el recibo tradicional ya no resulta suficiente y deben adaptar los sistemas para cumplir con el nivel de detalle exigido. Un ejemplo citado en la explicación oficial utiliza una liquidación de Empleados de Comercio y describe cómo se deben informar porcentajes y montos de distintas cargas, además de los valores fijos o variables correspondientes a cada convenio.
El formato incorpora una primera parte con los datos de identificación del empleador y del trabajador, que no cambia respecto de los recibos tradicionales. El cambio aparece después, con la información sobre el costo total para el empleador, antes del detalle habitual de la liquidación. Al final, se suma el gráfico de torta, que visualiza cómo se distribuye el costo laboral entre los diferentes conceptos.

En cuanto a la vigencia, el Decreto 407/2026 no establece un plazo diferido ni un período especial de adecuación para los recibos de sueldo. Algunos medios mencionaron la existencia de un plazo de 120 días, pero ese plazo se refiere a la instrucción dada a ARCA para adecuar sus sistemas y no al recibo de sueldo que deben entregar las empresas. Por eso, desde el 1° de junio, todos los recibos deberían contemplar las modificaciones.
Domínguez aclara que, aunque la norma ya está vigente y obliga a emitir los recibos bajo el nuevo formato, “no deberían aplicar sanciones. Si aplican alguna sanción, cosa muy poco probable, pero si lo hicieran en algún caso, se podría recurrir, ¿no? Y discutir, porque se necesita un tiempo para adecuar los sistemas”. Según el especialista, lo razonable hubiera sido que la autoridad estableciera un cronograma de implementación diferenciado, considerando la realidad de cada empresa, pero la reglamentación dispuso la vigencia inmediata.
El experto sugiere que, en caso de no haber podido emitir los recibos con el nuevo formato, las empresas pueden entregar el recibo anterior de manera provisoria y, una vez actualizado el sistema, reemplazarlo por el recibo adecuado, dejando constancia de ambos documentos. “Lo que se podría decir es que el que no pudo cumplir hasta ahora porque no lo tiene ajustado los recibos, que entregue como el recibo provisoriamente, digamos, con el esquema anterior, y cuando lo tenga, lo reimprima y lo reemplace, y que todo eso quede documentado como para, se le da un recibo que después se reemplaza por otro”, indica Domínguez.
El especialista estima que, dadas las dificultades técnicas y administrativas, muchas empresas que no lograron adecuarse en junio lo harán en julio. “Yo creo que ya en julio ya hubo 30 días, ya en julio tiene que estar, este, tienen que estar implementado”, asegura. Por esto, los empleados que no recibieron el nuevo recibo en junio probablemente lo reciban el mes siguiente, una vez que las empresas hayan completado las adaptaciones necesarias en sus sistemas de liquidación.

El nuevo modelo, además de transparentar el costo laboral total, incorpora detalles como contribuciones patronales, bases de cálculo, porcentajes, resúmenes de costos y gráficos. Algunos especialistas advierten que esto puede transformar el recibo de sueldo en un informe técnico difícil de interpretar para muchos trabajadores. El objetivo declarado es brindar mayor información y transparencia, pero la acumulación de datos puede afectar la simplicidad y la función principal del recibo, que es identificar con claridad los conceptos liquidados, los descuentos aplicados y el importe neto a cobrar.
Para el especialista Ignacio Barrios, incorporar el costo patronal es relevante, pero debe hacerse sin desnaturalizar la función principal del recibo. El diseño actual, según su visión, recarga el documento y puede oscurecer la información más importante para el trabajador: qué se liquida, qué se descuenta y cuánto cobra.
Por ahora, el Gobierno aclaró que no aplicará sanciones a las empresas que no hayan podido adecuar sus sistemas a tiempo. La posibilidad de reemplazar los recibos entregados en junio por versiones actualizadas permite a las empresas cumplir con la normativa, aun si no han completado el proceso técnico necesario. En este contexto, tanto empleadores como empleados deben prestar atención a los recibos emitidos en los próximos meses, ya que los cambios continuarán implementándose hasta que todos los sistemas se encuentren ajustados a la nueva reglamentación.
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