
El bloque de diputados de Democracia para Siempre presentó este jueves un proyecto de ley para derogar el decreto 383/2025, que reforma la estructura de la Policía Federal Argentina (PFA) bajo el modelo del FBI de Estados Unidos. El DNU firmado por el presidente Javier Milei redefine el perfil de la institución que en adelante se concentrará en la investigación de delitos federales complejos como el narcotráfico, el crimen organizado y el terrorismo.
La reforma impulsada por Patricia Bullrich, que entre otras cosas crea el nuevo Departamento Federal de Investigaciones, no pasó por el Congreso y se implementó por DNU bajo el amparo de las facultades delegadas que se le otorgaron al Poder Ejecutivo en la Ley Bases.
Justamente ese es uno de los primeros puntos que cuestionan los diputados de Democracia para Siempre. Según su visión, el decreto 383/2025 debe ser declarado de “nulidad absoluta” porque “excede las facultades delegadas de la Ley N° 27.742”, conocida como Ley Bases y Puntos de Partida”.

En ese sentido, los diputados Pablo Juliano, Facundo Manes, Mariela Coletta, Danya Tavela, Fernando Carbajal y Carla Carrizo señalaron que el Congreso autorizó únicamente la reorganización de órganos de la administración central y no la emisión de normas generales restrictivas de derechos.
“El Poder Ejecutivo está utilizando a la Ley Bases como ventana de oportunidad forzada, ya que entre las facultades delegadas al Poder Ejecutivo no están las de seguridad”, explicaron en los fundamentos, ya que la delegación conferida al Poder Ejecutivo abarcaba exclusivamente áreas administrativas, económicas, financieras y energéticas.
Por otro lado, la oposición cuestiona además el artículo 6, incisos 2, 5 y 11 del Estatuto de la PFA, que, según denuncian, habilita tareas de inteligencia criminal con acceso a bases privadas y fuentes abiertas como redes sociales, lo cual “vulnera las garantías de intimidad, libertad de expresión y protección de datos personales” contemplados en la Constitución Nacional y la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales.
Los radicales disidentes destacaron la falta de precisión en términos como “amenaza a la seguridad del Estado” y “alteración del orden público”, lo que, según advierten, puede permitir una aplicación discrecional de las nuevas facultades policiales. El proyecto señala que este contexto podría derivar en la persecución de la protesta, el monitoreo de opositores y “el avasallamiento a la libertad de expresión”.

En relación con las facultades otorgadas a la Policía Federal Argentina, desde Democracia para Siempre manifestaron preocupación por la habilitación de detenciones y requisas sin orden judicial. Y mencionaron la vulneración de garantías como el derecho al debido proceso, la protección contra detenciones arbitrarias y la inviolabilidad del domicilio, reconocidas en tratados internacionales y la legislación argentina.
También remarcaron que la figura de “arresto por averiguación de antecedentes”, incluida en el nuevo marco normativo, ya fue declarada inconstitucional en reiteradas oportunidades por considerarse arbitraria y discrecional.
Si bien este es el primer proyecto presentado formalmente para derogar la reforma de la Policía Federal, desde otros espacios políticos también manifestaron cuestionamientos.
“La ministra Bullrich impulsa una reforma policial, pero una vez más se “olvidó” de enviar el proyecto al Congreso, donde deberían darse este tipo de debates. Habilita el ‘Ciberpatrullaje’” de redes sociales sin autorización judicial, detenciones policiales sin control. Cada vez la democracia más débil y un Estado más autoritario”, publicó Mónica Litza, de Unión por la Patria. En tanto, su compañero de bloque José Glinski, que se desempeñó como Jefe de la Policía de Seguridad Aeroportuaria durante la presidencia de Alberto Fernández, aseguró que “lo más preocupante” es que la reforma le da a la PFA “facultades de inteligencia criminal por fuera del Sistema Nacional de Inteligencia (Ley 25.520). Es decir, crea una agencia de espionaje sin control parlamentario”.
Y agregó: “Con este decreto, la policía podrá hacer inteligencia sin causa judicial ni orden de un juez. Esto viola la ley actual y borra de un plumazo los controles democráticos que tanto costaron construir”.

En la misma línea también se expresó el diputado socialista de Encuentro Federal, Esteban Paulón: “En enero, ante la Cámara de Diputados, la ministra de Seguridad aseguró que cualquier reforma a la Policía Federal pasaría por el Congreso. Ahora, oficializaron cambios por decreto, sin debate ni control parlamentario. El ‘respeto a la ley’, te lo debo”.
“Patricia Bullrich, con la anuencia de Milei, mediante el Decreto 383/2025 y su anexo, vuelve a erigirse por encima de jueces y legisladores, para darle un carácter supremo a las fuerzas federales, y así blindar de impunidad sus delitos, operaciones de prensa y mentiras habituales. Formalmente, pretende instalar un nuevo régimen ultra represivo”, publicó la diputada del Frente de Izquierda Myriam Bregman en su redes sociales.

En paralelo, el diputado Fernando Carbajal presentó una denuncia penal contra el Gobierno porque asegura que la reforma de la PFA incumple la sentencia “Fernandez Prieto y Tumbeiro Vs Argentina” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y reclama una medida cautelar que suspenda los incisos 7 y 13 del artículo 6 del nuevo Estatuto de la fuerza.
El artículo 6, inciso 7, del Estatuto establece que la policía no puede detener personas sin orden judicial, excepto en situaciones en las que existan circunstancias fundadas que permitan presumir que alguien haya cometido o pueda cometer un delito y no acredite fehacientemente su identidad. En esos casos, la persona puede ser conducida a la dependencia policial para identificarla y permanecer allí hasta por diez horas. Para la oposición, esta redacción permite detenciones preventivas basadas en sospechas, sin intervención previa de un juez, lo que consideran un riesgo para las garantías constitucionales.
El artículo 6, inciso 11, autoriza a la Policía Federal a realizar tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, como redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas, sin necesidad de autorización judicial. El DNU aclara que estas tareas deben respetar la protección de datos personales y derechos fundamentales, pero la oposición advierte que habilita la vigilancia y el análisis de actividades en Internet sin supervisión judicial previa, lo que podría derivar en prácticas de control, seguimiento y eventual persecución de personas por su actividad en línea, sin control suficiente sobre la legalidad o el alcance de estos procedimientos.
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