
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó un nuevo recurso a favor del golpista expresidente Pedro Castillo. El habeas corpus fue presentado por su hermana Irma Castillo Terrones y buscaba la nulidad de tres resoluciones: la que declara la vacancia presidencial, la que autoriza el levantamiento del antejuicio político y la que impone mandato de prisión preventiva. La hermana del golpista, además, pedía la inmediata libertad de Castillo y su reposición en el cargo de jefe de Estado.
La sentencia fue emitida por la Sala Segunda del TC, integrada por los magistrados Helder Domínguez, César Ochoa y Gustavo Gutiérrez. Los dos primeros votaron por la improcedencia de la demanda, mientras que el último dijo que tenía que haber una audiencia pública. Debido a que inicialmente no se alcanzaron los 3 votos para rechazar el recurso, se llamó al magistrado Pedro Hernández, quien se unió a la posición mayoritaria.

La hermana de Pedro Castillo alegaba que la vacancia es nula porque no fue presentada ni admitida con los votos necesarios. Sin embargo, los magistrados recordaron que un expediente anterior el TC ya se ha pronunciado sobre la destitución del exmandatario.
En efecto, en el expediente 01803-2023-PHC/TC, el TC determinó que Castillo fue vacado al momento de leer el mensaje golpista del 7 de diciembre de 2022 y no cuando el Congreso votó la moción en su contra. Sin perjuicio de ello, se dijo que, debido a la excepcionalidad de la situación (golpe de Estado), no se le podía exigir al Parlamento cumplir con las exigencias para situaciones normales.
Por otro lado, la hermana del expresidente también aseguró que la prisión preventiva que se le impuso a Pedro Castillo sin cumplirse con los presupuestos para ello. Al respecto, el TC concluye que lo que en verdad busca el recurso es que la justicia constitucional revise lo decidido en el proceso penal, lo que no está permitido.
“Esta Sala del Tribunal Constitucional juzga que se encuentra relevada de emitir un pronunciamiento de fondo, puesto que, en modo alguno, le compete inmiscuirse en un asunto propio de la judicatura penal ordinaria, como lo es, determinar si, a la luz de los hechos del caso, se cumplen los presupuestos para dictar un mandato de prisión preventiva”, se lee en la resolución.
Los magistrados también dejan constancia de que la hermana de Pedro Castillo no denunció algún "vicio o déficit de motivación“, sino que ”lo objetado es el sentido de lo decidido en las resoluciones" judiciales.
En la sesión de hoy del juicio oral, Pedro Castillo protagonizó un nuevo enfrentamiento contra los jueces de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.
La audiencia comenzó con la verificación de la presencia de Castillo, una medida implementada debido a sus reiteradas faltas de respeto y actitudes impertinentes hacia los magistrados. Durante la sesión, el exmandatario tomó la palabra sin autorización y afirmó que no existía el delito de rebelión en su caso. “Saben que no existe el delito de rebelión”, expresó, antes de levantarse de su asiento y justificar su acción diciendo: “No soporto estar sentado. Ustedes tienen un informe donde a mí me limita estar mucho tiempo sentado”.
La jueza suprema Norma Carbajal solicitó a Castillo que se identificara, pero este se negó y continuó minimizando las acusaciones de la Fiscalía. En su intervención, el expresidente hizo referencia a la renuncia de la fiscal adjunta suprema Galinka Meza Salas, asegurando sin pruebas que su dimisión se debió a la incapacidad de los testigos del Ministerio Público para corroborar las acusaciones en su contra.
Luego de ello, Castillo se retiró de la sala de audiencias para ser atendido por personal médico.
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