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El plan de Colombia que podría reabrir disputas marítimas con Nicaragua: qué puede perder Managua

El plan de Colombia que podría reabrir disputas marítimas con Nicaragua: qué puede perder Managua. Noticias en tiempo real 01:10

Desde un buque de guerra, el presidente colombiano Abelardo de la Espriella anunció que su gobierno establecerá oficialmente las líneas de base del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Captura de video)

Catorce años después de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) resolviera el conflicto marítimo entre Nicaragua y Colombia, el Gobierno colombiano presidido por Abelardo de la Espriella se dispone a tomar una decisión que podría provocar un nuevo enfrentamiento diplomático. ¿Puede Colombia recuperar, mediante un decreto presidencial, espacios marítimos que el tribunal internacional reconoció a Nicaragua?

De la Espriella anunció el domingo 18 de octubre que establecerá oficialmente las líneas de base del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. La medida, prevista para el 30 de noviembre, determinará desde qué puntos Colombia medirá sus espacios marítimos. Dependiendo del trazado, podría afectar aguas sobre las cuales Nicaragua tiene derechos reconocidos por la Corte.

Nicolás Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de Costa Rica (UCR), advierte que el Gobierno colombiano no puede utilizar esas líneas para desconocer una frontera ya establecida judicialmente.

“Colombia puede establecer las líneas de base rectas, siempre y cuando sean conformes a las reglas imperantes en esta precisa materia del derecho internacional del mar y a la sentencia de la CIJ del 2012”, explicó Boeglin en una entrevista para este reportaje.

Colombia no ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, que establece las principales reglas internacionales sobre la extensión y delimitación de los espacios marítimos. No obstante, algunas de sus disposiciones también forman parte del derecho internacional consuetudinario y pueden resultar aplicables a países que no son parte de la Convención.

Fallo de la CIJ en 2012

El 19 de noviembre de 2012, después de once años de litigio, la CIJ reconoció la soberanía colombiana sobre las principales islas y cayos del archipiélago, pero estableció una nueva frontera marítima que atribuyó a Nicaragua derechos sobre extensas zonas del Caribe que Colombia había reclamado como propias.

Distintas estimaciones sitúan entre 72.000 y 75.000 kilómetros cuadrados la extensión marítima que Nicaragua obtuvo con la delimitación. Colombia conservó las islas, pero perdió el control sobre amplias zonas en las que había ejercido actividades de vigilancia, pesca y otras formas de jurisdicción.

La sentencia no convirtió esas aguas en territorio nacional nicaragüense, como ocurre con una porción de tierra. En una zona económica exclusiva, el Estado costero tiene derechos soberanos para explorar, explotar, conservar y administrar los recursos naturales, pero otros países mantienen libertades como la navegación internacional.

El conflicto reaparece ahora por la posibilidad de que las nuevas líneas colombianas se extiendan sobre aguas reconocidas a Nicaragua.

La sentencia de noviembre de 2012 provocó un fuerte rechazo político en Colombia. El entonces presidente Juan Manuel Santos cuestionó sus consecuencias para el país, especialmente por la extensión de los espacios marítimos que quedaban bajo jurisdicción nicaragüense.

La delimitación marítima tras el fallo de La Haya en 2012

La Corte reconoció que Colombia tenía soberanía sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como sobre las formaciones insulares de Alburquerque, Bajo Nuevo, cayos del Este-Sudeste, Quitasueño, Roncador, Serrana y Serranilla. Al mismo tiempo, rechazó que el meridiano 82, utilizado durante décadas por Colombia como referencia de sus dominios marítimos, constituyera una frontera definitiva con Nicaragua.

Después del fallo, Colombia sostuvo que sus fronteras solamente podían modificarse mediante un tratado internacional. Esa posición sería utilizada durante los años siguientes para cuestionar la decisión judicial.

El 1 de diciembre de 2012, durante la toma de posesión del presidente mexicano Enrique Peña Nieto, Daniel Ortega y Juan Manuel Santos conversaron sobre la sentencia y las diferencias surgidas entre sus gobiernos. El encuentro se produjo cuando Colombia ya había comunicado su decisión de retirarse del Pacto de Bogotá.

“En líneas generales, se considera que la lectura de una sentencia sobre el fondo de la CIJ debiera siempre ser entendida como el punto final de un proceso y el inicio de una nueva etapa entre dos Estados”, indicó Boeglin.

Renuncia colombiana

El 27 de noviembre de 2012, ocho días después de la sentencia, Colombia notificó su denuncia del Pacto de Bogotá, firmado en 1948. Mediante ese tratado, numerosos países americanos habían aceptado mecanismos de solución pacífica de controversias, incluida la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia. Colombia abandonaba así un tratado que llevaba el nombre de su capital.

“Nótese que, a raíz de la decisión de la CIJ de noviembre del 2012, Colombia denunció el Pacto de Bogotá, convirtiéndose en el primero y único Estado en el mundo en denunciar un emblemático tratado que lleva el nombre de su propia capital”, destacó Boeglin.

La denuncia entró en vigor el 27 de noviembre de 2013, un año después de su presentación. No anuló la sentencia de 2012 ni impidió que la Corte conociera procedimientos iniciados antes de que la retirada produjera efectos.

El anuncio de De la Espriella

Desde un buque de la Armada colombiana en aguas del Caribe, el presidente Abelardo de la Espriella anunció el domingo 18 de octubre que su Gobierno establecerá oficialmente las líneas de base del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Según prometió, el decreto será formalizado el próximo 30 de noviembre.

“Colombia no cede una milla náutica, no cede un arrecife y no abandona a sus pescadores”, proclamó el mandatario, quien presentó la medida como una reivindicación de la soberanía colombiana y una respuesta al abandono que, según afirmó, ha sufrido el archipiélago.

De la Espriella invocó la Ley 10 de 1978, aprobada por Colombia para regular sus espacios marítimos. Según explicó, las líneas correspondientes a la costa continental fueron establecidas en 1984, pero las del archipiélago permanecieron pendientes durante 48 años.

Las líneas de base son referencias geográficas desde las cuales un país mide la extensión de sus espacios marítimos. Normalmente siguen la costa, aunque el derecho internacional permite utilizar líneas rectas en determinadas circunstancias. De ellas depende la medición del mar territorial, la zona contigua y otros espacios marítimos, explican los expertos consultados.

Su importancia radica en los derechos que puede ejercer un Estado sobre las aguas comprendidas dentro de esas líneas. En las aguas interiores, Colombia tendría facultades de soberanía similares a las que ejerce sobre su territorio terrestre. En una zona económica exclusiva nicaragüense, en cambio, no puede apropiarse de los recursos naturales ni autorizar actividades de explotación que correspondan a Nicaragua.

El 1 de diciembre de 2012, pocos días después del fallo de la CIJ, el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, se reunió con el presidente colombiano Juan Manuel Santos en México, durante la toma de posesión de Enrique Peña Nieto. (Foto archivo)

“Las líneas de base recta son las líneas a partir de las cuales un Estado mide la anchura de su mar territorial. Dependiendo del método usado, pueden alterar una frontera marítima preestablecida”, explica Boeglin.

El especialista considera que ambos gobiernos deberían negociar el trazado antes de adoptar medidas que puedan generar nuevos conflictos. “Dadas las fuertes controversias existentes entre Colombia y Nicaragua con respecto a los espacios marítimos aledaños al archipiélago de San Andrés y Providencia, lo recomendable es que ambos Estados acuerden el trazado de estas líneas de manera que no alteren lo establecido por la CIJ en noviembre del 2012”, sostiene.

El Gobierno colombiano también anunció que reforzará la presencia de la Armada y la protección de los pescadores raizales. Además, prometió inversiones en infraestructura portuaria, turismo, comunicaciones y servicios públicos del archipiélago.

El decreto todavía no fue publicado y se desconocen las coordenadas que utilizará Colombia. Cuando se conozcan, será posible compararlas con la frontera establecida por la Corte y determinar si afectan espacios marítimos reconocidos a Nicaragua.

Islas colombianas frente a la costa nicaragüense

San Andrés se encuentra aproximadamente entre 110 y 130 kilómetros de la costa nicaragüense y a más de 700 kilómetros de la costa continental colombiana. Las distancias varían según los puntos costeros utilizados para la medición. Esa proximidad ha sido uno de los argumentos históricos de Nicaragua, aunque por sí sola no determina la soberanía sobre las islas.

El archipiélago está compuesto por San Andrés, Providencia y Santa Catalina, además de pequeños cayos, bancos coralinos y arrecifes dispersos por el Caribe occidental. Muchas de estas formaciones apenas sobresalen del agua, pero su ubicación puede influir en la delimitación de los espacios marítimos.

Entre las formaciones que estuvieron en disputa se encuentran Roncador, Serrana, Quitasueño, Serranilla, Bajo Nuevo, Alburquerque y los cayos del Este-Sudeste. Algunas son pequeños cayos emergidos y otras están constituidas principalmente por arrecifes o bancos coralinos.

La Corte examinó las características físicas de esas formaciones en 2012. En Quitasueño determinó que solamente una diminuta formación denominada QS 32 permanecía emergida durante la pleamar. Las demás quedaban cubiertas cuando subía la marea, lo que limitaba los derechos marítimos que podían generar.

El tribunal reconoció la soberanía colombiana sobre las formaciones insulares examinadas, pero no aceptó que todas pudieran proyectar amplias zonas económicas exclusivas. Para Quitasueño y Serrana estableció delimitaciones de doce millas náuticas, equivalentes a unos 22,2 kilómetros, alrededor de las formaciones correspondientes.

Colombia conservó de esa manera pequeñas áreas marítimas alrededor de determinados cayos, algunas rodeadas por espacios correspondientes a Nicaragua. La frontera resultante no sigue una línea continua y sencilla, sino que incorpora las particularidades geográficas y jurídicas de esas formaciones.

En el archipiélago también habita la comunidad raizal, una población afrocaribeña con identidad cultural, tradiciones lingüísticas y vínculos históricos con otras comunidades del Caribe occidental, incluidas las de la costa nicaragüense.

Durante generaciones, sus pescadores han utilizado bancos y arrecifes que hoy se encuentran bajo distintas jurisdicciones marítimas. Después del fallo de 2012, Colombia comenzó a reclamar garantías para que pudieran continuar desarrollando sus actividades tradicionales.

Origen del conflicto

Durante el período colonial español, los territorios que actualmente forman Nicaragua y Colombia pertenecían a distintas estructuras administrativas de la Corona. Las disputas posteriores surgieron, en parte, de las diferentes interpretaciones sobre las jurisdicciones que ejercían las autoridades coloniales.

Colombia sostiene que el archipiélago estuvo vinculado al Virreinato de Nueva Granada. Entre los documentos que invoca figura una Real Orden de 1803, mediante la cual la Corona española dispuso cambios en la dependencia administrativa de San Andrés y de sectores de la Costa de Mosquitos.

Nicaragua cuestionó el alcance de esas disposiciones y defendió sus vínculos históricos y geográficos con el Caribe occidental. Después de la independencia, los dos países mantuvieron reclamaciones territoriales que no pudieron resolverse mediante los antecedentes coloniales.

El principio del uti possidetis juris, utilizado en América Latina para establecer que los nuevos Estados heredaban las divisiones territoriales coloniales, tampoco resolvió la controversia.

En 2012, la Corte concluyó que la documentación disponible no demostraba de manera concluyente a cuál de las antiguas unidades administrativas correspondían determinadas formaciones insulares.

Colombia presentó pruebas de actos de administración ejercidos durante décadas sobre los cayos, entre ellos actividades oficiales de vigilancia, disposiciones legales y otros ejercicios de autoridad.

La Corte consideró que esos antecedentes favorecían la reclamación colombiana y destacó que no encontró pruebas de protestas nicaragüenses anteriores a 1969 respecto de varias de esas actividades. Ese fue uno de los argumentos utilizados para atribuir a Colombia la soberanía sobre los cayos disputados.

Tratado bajo ocupación estadounidense

El 24 de marzo de 1928, Nicaragua y Colombia firmaron el Tratado Esguerra-Bárcenas, que se convirtió en el principal instrumento jurídico de la controversia. Nicaragua reconoció la soberanía colombiana sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina, mientras Colombia reconoció la soberanía nicaragüense sobre la Costa de Mosquitos y las islas Mangle, conocidas también como Corn Islands.

El acuerdo fue suscrito cuando Nicaragua se encontraba bajo ocupación militar estadounidense, circunstancia que décadas después sería utilizada por los gobiernos nicaragüenses para cuestionar su validez. El tratado fue ratificado y el canje de ratificaciones se efectuó en 1930.

En el archipiélago vive una importante comunidad raizal que se dedica, entre otras cosas, a la pesca (Foto archivo)

En el acta correspondiente apareció una referencia que provocaría décadas de disputas: el meridiano 82 de longitud oeste, señalado como límite occidental del archipiélago de San Andrés. Colombia interpretó que esa disposición establecía una frontera marítima, mientras Nicaragua sostuvo que únicamente identificaba una referencia geográfica.

La interpretación colombiana restringía la proyección marítima de Nicaragua hacia el este. La nicaragüense permitía reclamar una nueva delimitación que tomara en cuenta tanto las costas continentales como las islas y cayos.

En 1980, la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, instalada después del derrocamiento de Anastasio Somoza Debayle, declaró la nulidad del Tratado Esguerra-Bárcenas. El Gobierno sandinista argumentó que Nicaragua no había podido negociar libremente el acuerdo debido a la presencia militar estadounidense.

Colombia rechazó esa declaración y mantuvo que el tratado era válido. Durante las décadas siguientes continuaron los desacuerdos diplomáticos sobre el meridiano 82, las actividades pesqueras y la presencia de embarcaciones de vigilancia en el Caribe.

La controversia también involucraba a Estados Unidos. Roncador, Serrana y Quitasueño habían sido objeto de reclamaciones estadounidenses, por lo que el tratado de 1928 no resolvió expresamente la soberanía sobre esas formaciones. Colombia y Estados Unidos suscribieron posteriormente el Tratado Vásquez-Saccio de 1972 para abordar sus diferencias sobre esos cayos.

La demanda presentada por Arnoldo Alemán

Aunque Daniel Ortega convirtió posteriormente el fallo de La Haya en uno de los principales logros que reivindicó su Gobierno, el proceso judicial fue iniciado durante la administración del presidente liberal Arnoldo Alemán.

El 6 de diciembre de 2001, Nicaragua presentó ante la Corte Internacional de Justicia una demanda contra Colombia. Solicitó que se resolvieran las cuestiones de soberanía territorial pendientes y que se estableciera una delimitación marítima conforme al derecho internacional.

El litigio continuó durante el Gobierno de Enrique Bolaños, que asumió la Presidencia en enero de 2002. Cuando Ortega regresó al poder en enero de 2007, el proceso ya llevaba más de cinco años en marcha.

“Quien interpuso la demanda ante la Corte Internacional de Justicia fue, vea usted lo que son las cosas, nada más y nada menos que el gobierno de Arnoldo Alemán”, señaló el economista y opositor nicaragüense Sáenz.

En diciembre de 2007, la Corte dictó una primera sentencia. Rechazó las pretensiones de Nicaragua de cuestionar nuevamente la soberanía colombiana sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina, al considerar que el Tratado Esguerra-Bárcenas había resuelto esa cuestión.

Pero, el tribunal concluyó que el tratado no había establecido una delimitación marítima completa. Colombia conservó jurídicamente las principales islas, mientras Nicaragua mantuvo abierta su reclamación sobre las aguas en disputa.

Durante los cinco años siguientes, ambos países presentaron sus argumentos y pruebas ante los jueces de La Haya. Nicaragua insistió en que su extensa costa continental debía tener un peso importante en la delimitación, mientras Colombia defendió los derechos marítimos generados por el archipiélago y su administración histórica de las formaciones insulares.

El 19 de noviembre de 2012, la Corte dictó la sentencia que estableció la frontera marítima entre ambos países.

Una victoria para cada país

La sentencia de 2012 no terminó con los enfrentamientos. Colombia continuó ejerciendo actividades de vigilancia marítima en sectores que Nicaragua consideraba parte de su zona económica exclusiva. Colombia argumentaba que protegía a sus pescadores y los derechos de los habitantes del archipiélago.

En septiembre de 2013, el Gobierno de Juan Manuel Santos aprobó el Decreto 1946, mediante el cual estableció una denominada zona contigua integral alrededor de las islas. Nicaragua consideró que esa medida desconocía sus derechos y presentó una nueva demanda ante la Corte en noviembre de ese año.

El 21 de abril de 2022, la CIJ determinó que Colombia había violado derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua al interferir con determinadas actividades pesqueras y científicas en su zona económica exclusiva. También concluyó que la zona contigua integral establecida por Colombia no se ajustaba al derecho internacional consuetudinario en los aspectos examinados.

La Corte ordenó a Colombia cesar las conductas contrarias al derecho internacional y adecuar sus disposiciones internas. También rechazó algunas reclamaciones nicaragüenses por insuficiencia de pruebas y declaró incompatibles con el derecho internacional las líneas de base rectas que Nicaragua había establecido mediante decretos de 2013 y 2018.

En un análisis publicado después de esa sentencia, Boeglin destacó que la Corte había ordenado a Colombia “cesar todo tipo de interferencia en las áreas marítimas que corresponden a Nicaragua en el Mar Caribe desde su decisión del 2012”.

El académico también señaló que Colombia debía modificar las regulaciones relacionadas con su zona contigua integral, establecidas después de la sentencia de 2012.

La situación de los pescadores raizales ocupó parte importante del proceso. En el párrafo 231 de su sentencia de 2022, la Corte concluyó que Colombia no había demostrado la existencia de derechos tradicionales de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago en aguas pertenecientes a la zona económica exclusiva nicaragüense.

Boeglin considera que ambos países pudieron resolver mediante negociaciones las dificultades que surgieron después de la delimitación. “Desde el 2012, año en el que la CIJ resolvió la disputa, Colombia y Nicaragua han tenido la posibilidad de negociar acuerdos en materia pesquera, navegación y explotación de recursos, y en muchos otros ámbitos como la cooperación transfronteriza marina, el turismo, etc.”, explica.

“En vez de ello, se enfrascaron en dos nuevas disputas interpuestas por Nicaragua ante la actitud desafiante de Colombia”, añade el especialista.

El 13 de julio de 2023, la Corte rechazó las pretensiones de Nicaragua de extender su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas en espacios que se superponían con los derechos correspondientes a Colombia. La decisión fue adoptada por trece votos contra cuatro en la cuestión principal.

El tribunal concluyó que, conforme al derecho internacional consuetudinario, la plataforma continental extendida de un Estado no puede penetrar en la plataforma continental situada dentro de las 200 millas náuticas de otro Estado.

Colombia celebró esa decisión, que le resultó favorable. Sin embargo, el fallo no modificó la delimitación marítima establecida en 2012 ni anuló la sentencia de 2022 sobre las violaciones de derechos soberanos nicaragüenses.

¿Puede Colombia recuperar el mar reconocido a Nicaragua?

Para Nicolás Boeglin, Colombia está obligada a respetar la delimitación marítima de 2012, independientemente de las medidas administrativas que adopte su Gobierno. “Colombia debe acatar lo dispuesto en la sentencia de la CIJ de noviembre del 2012”, afirma.

El especialista recuerda que Nicaragua intentó durante más de dos décadas resolver la controversia mediante negociaciones antes de acudir al tribunal internacional. “Cabe recordar que desde 1980, Nicaragua esperó pacientemente que Colombia aceptara sentarse a negociar y que no fue sino hasta el 2001 que entabló un procedimiento contra Colombia ante la CIJ, ante la negativa de Colombia de aceptar que parte de los reclamos de Nicaragua eran válidos desde el punto de vista jurídico”, explica.

El régimen de Nicaragua hasta ahora no ha reaccionado oficialmente al anuncio colombiano (Foto archivo)

Boeglin señala que Colombia tuvo a su disposición mecanismos judiciales para solicitar una aclaración o intentar una revisión de la sentencia. “Desde noviembre del 2012, Colombia pudo presentar una solicitud de aclaración a la CIJ o una solicitud de revisión del fallo del 2012, y no lo ha hecho”, sostiene.

Uno de los argumentos históricos de Colombia ha sido que las fronteras internacionales solamente pueden modificarse mediante tratados aprobados por los Estados. Esa interpretación fue utilizada por Juan Manuel Santos después de la sentencia de 2012 y ha reaparecido en el debate sobre las nuevas medidas.

Boeglin rechaza ese razonamiento cuando se utiliza para desconocer una delimitación realizada por un tribunal competente. “No tiene mayor valor si dos Estados han tenido que recurrir a la CIJ para que lo establezca, ante su incapacidad para negociar un acuerdo bilateral de delimitación marítima”, responde.

El profesor cita otros litigios latinoamericanos en los que la Corte estableció fronteras marítimas mediante sentencias: Nicaragua y Honduras en 2007, Chile y Perú en 2014, y Costa Rica y Nicaragua en 2018.

En esos casos, los países acudieron al tribunal porque no habían conseguido resolver sus diferencias mediante acuerdos bilaterales. Las sentencias establecieron delimitaciones obligatorias para las partes, independientemente de que los gobiernos estuvieran satisfechos con los resultados.

Colombia puede aprobar líneas de base que respeten el derecho internacional, pero no utilizarlas para modificar la frontera establecida en 2012.

Caso cerrado

El ex canciller colombiano Julio Londoño también considera que De la Espriella puede establecer las líneas de base del archipiélago, siempre que respete las normas internacionales y las sentencias de la Corte.

“Yo creo que lo único de lo cual se trata es que el presidente está ‘echando mano’ a una vieja ley del año de 1978 en el sentido de señalar desde dónde se miden los espacios marítimos en las islas y cayos del archipiélago de San Andrés”, afirmó Londoño en declaraciones a Noticias Caracol.

El ex canciller sostuvo que las principales cuestiones jurídicas de la controversia ya fueron resueltas. “El caso jurídicamente está cerrado. La Corte cerró el caso completamente con dos fallos fundamentales, 2012 y 2022”, señaló.

Londoño, sin embargo, advirtió que todavía no se conocen los detalles de la iniciativa presidencial. “Habrá que ver cuál es el sentido del decreto que todavía no lo conocemos”, expresó.

El hasta hace poco ministro del Interior colombiano, Rodrigo Lara, defendió una interpretación más amplia de las facultades del Gobierno. Según explicó, el objetivo consiste en trazar las líneas alrededor del archipiélago como conjunto, de manera que las aguas comprendidas entre sus formaciones puedan considerarse aguas interiores colombianas.

Lara sostuvo que el fallo de 2012 es “inaplicable en su literalidad” y cuestionó que la delimitación judicial tratara determinadas formaciones insulares de manera separada. A su juicio, Colombia debe defender la integridad del archipiélago como una unidad territorial.

El internacionalista colombiano Fabián Cárdenas también ha advertido sobre los límites que imponen las sentencias existentes. Según su análisis, las decisiones de 2012, 2022 y 2023 deben examinarse conjuntamente y el Gobierno no puede desconocer la delimitación judicial.

Boeglin: “Pura pose política”

Nicolás Boeglin atribuye el nuevo enfrentamiento con Nicaragua a las posiciones políticas del presidente De la Espriella, a quien considera dispuesto a desafiar normas y consensos internacionales.

Vista aérea de San Andrés. La Corte Internacional de Justicia otorgó a Colombia la juridiccion de la isla (Foto archivo)

Como ejemplos menciona el reconocimiento colombiano de la soberanía israelí sobre los Altos del Golán y la decisión de trasladar la embajada de Colombia de Tel Aviv a Jerusalén, dos asuntos sobre los cuales existen resoluciones y posiciones internacionales ampliamente conocidas.

“Esta falsa controversia con Nicaragua es pura pose política de un mandatario que sigue las enseñanzas de la escuela (Donald) Trump y de la escuela (Benjamín) Netanyahu: la política convertida en un espectáculo diario, azuzando y polarizando la atención a punta de ocurrencias e iniciativas a partir de argumentos más que cuestionables”, sostiene Boeglin.

El presidente colombiano ha mantenido una posición crítica frente al régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, y ha anunciado que fortalecerá sus relaciones con Estados Unidos y otros gobiernos aliados.

Boeglin considera que las diferencias políticas entre Colombia y Nicaragua no deberían impedir acuerdos sobre pesca, navegación, explotación de recursos y protección ambiental. En su opinión, ambos países desaprovecharon la oportunidad de negociar después de la sentencia de 2012.

Silencio del régimen de Nicaragua

Hasta el 24 de octubre no se conoce una reacción oficial de Daniel Ortega, Rosario Murillo o la Cancillería nicaragüense al anuncio realizado cuatro días antes por De la Espriella.

Nicaragua exigió durante los últimos 14 años que Colombia cumpla la sentencia de 2012 y reconozca los derechos marítimos establecidos por la Corte.

Tras aquella decisión, Ortega celebró el resultado y cuestionó el rechazo colombiano. En declaraciones posteriores llegó a sostener que Colombia solamente podía recurrir a la “corte celestial”, en referencia a que la sentencia de la CIJ era definitiva e inapelable.

La Asamblea Nacional nicaragüense también respaldó la exigencia de cumplimiento y promovió la posibilidad de establecer mecanismos de diálogo bilateral. Durante los años siguientes, Nicaragua sostuvo que Colombia debía reconocer plenamente la nueva frontera marítima y respetar las actividades autorizadas por Nicaragua en su zona económica exclusiva.

Después del fallo de 2023, desfavorable a la pretensión nicaragüense de ampliar su plataforma continental, el Gobierno de Ortega y Murillo afirmó que reconocía la decisión judicial, aunque mantuvo su exigencia de que Colombia cumpliera la sentencia de 2012.

El economista y opositor nicaragüense Enrique Sáenz ha rechazado las pretensiones anunciadas por De la Espriella, aunque mantiene una posición abiertamente crítica frente al régimen de Ortega y Murillo.

“Una cosa es que los nicaragüenses comprometidos con la democracia nos esforcemos por profundizar el aislamiento de la dictadura dinástica y otra muy distinta es aceptar que el presidente de Colombia quiera aprovecharse de la situación para arrebatar parte del territorio nacional, que es patrimonio de todos los nicaragüenses”, expresó Sáenz. “¡Rechazamos a Ortega, pero también debemos rechazar la pretensión de De la Espriella!”

Para el opositor, los derechos marítimos reconocidos por la Corte pertenecen a Nicaragua y no al Gobierno que se encuentre en el poder.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló en 2012 sobre el diferendo entre Colombia y Nicaragua (AP/Peter Dejong, Archivo)

¿Puede Nicaragua volver a demandar a Colombia?

Presentar una nueva demanda ante la Corte Internacional de Justicia sería más complicado que en 2001 o 2013 porque Colombia denunció el Pacto de Bogotá, instrumento que había servido como fundamento para que Nicaragua llevara sus reclamaciones ante el tribunal.

Ambos países podrían acordar someter una disputa específica a la CIJ o a otro mecanismo internacional. Esa alternativa, sin embargo, requeriría el consentimiento de Colombia, que ha mantenido una posición crítica frente a la delimitación marítima de 2012.

Nicaragua también podría presentar protestas diplomáticas, solicitar explicaciones sobre el decreto o promover negociaciones bilaterales. Si considerara que Colombia está incumpliendo una sentencia, tendría además la posibilidad de acudir a mecanismos previstos en la Carta de Naciones Unidas.

“El artículo 94 inciso 2 de la Carta de Naciones Unidas establece que un Estado puede recurrir al Consejo de Seguridad si otro Estado incumple con un fallo de la CIJ”, explica Boeglin.

Ese mecanismo no garantiza que el Consejo adopte medidas contra Colombia, pero ofrece una vía internacional para denunciar el incumplimiento de una sentencia sin necesidad de iniciar necesariamente otro litigio ante la Corte.

El anuncio colombiano también incluye el fortalecimiento de la presencia de la Armada en el Caribe. De la Espriella ha prometido defender los espacios marítimos que su Gobierno considera parte de la soberanía nacional.

Las actividades de vigilancia naval no constituyen por sí mismas una violación del derecho internacional. Los incidentes podrían surgir si embarcaciones colombianas intentaran impedir actividades pesqueras o científicas autorizadas por Nicaragua en su zona económica exclusiva.

La sentencia de 2022 examinó precisamente actuaciones de embarcaciones colombianas que interferían con actividades desarrolladas bajo jurisdicción nicaragüense.

Consultado sobre la posibilidad de una confrontación militar, Boeglin respondió que no descarta acciones de fuerza por parte del Gobierno colombiano. “Como Estados Unidos juega a atizar los ánimos, como lo hizo recientemente sugiriendo que las Malvinas son argentinas, y que el presidente de Colombia está demostrando no tener mayor reparo en ignorar reglas fundacionales del sistema jurídico internacional vigentes desde 1945, no se puede excluir nada de su parte”, señaló.


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Aston Villa y Man City se enfrentan este sábado 24 de octubre, en el Villa Park, por la jornada 8 de la Premier League. Los detalles de la televisación. Aston Villa recibe a Man City este sábado 24 de octubre desde las 05:30 hora de México. El encuentro, correspondiente a la jornada 8 de la Premier League, se disputará en el Villa Park.Man Cit

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Dónde ver EN VIVO Arsenal vs. Everton por la jornada 8 de la Premier League: TV y streaming online. 00:20

Arsenal y Everton se enfrentan este sábado 24 de octubre, en el Emirates Stadium, por la jornada 8 de la Premier League. Los detalles de la televisación. Arsenal recibe a Everton este sábado 24 de octubre desde las 08:00 hora de México. El encuentro, correspondiente a la jornada 8 de la Premier League, se disputará en el Emirates Stadium.Arsen

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Coventry vs. Fulham en vivo: dónde ver por TV y streaming online, por la jornada 8 de la Premier League. 00:20

Coventry y Fulham se enfrentan este sábado 24 de octubre, por la jornada 8 de la Premier League. Los detalles de la televisación. Coventry recibe a Fulham este sábado 24 de octubre desde las 08:00 hora de México. El encuentro corresponde a la jornada 8 de la Premier League.Dos equipos parejos en la clasificación se cruzan por una fecha que pue

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