
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) implementó en mayo de 2026 una nueva política que redefine el ajuste de estatus para estudiantes y trabajadores temporales, exigiendo que la mayoría de los solicitantes realicen el trámite de la Green Card fuera del país y sometiendo cada caso a evaluación individual. El memorando PM-602-0199, emitido por USCIS, establece como estándar el proceso consular en el extranjero para la tramitación de la residencia permanente, limitando el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos a situaciones excepcionales. La autoridad migratoria enfatiza la discrecionalidad de los oficiales en cada expediente y aplica criterios más estrictos en la evaluación.
Según la comunicación oficial de USCIS, la nueva directriz no modifica la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) precisó que no existe una prohibición general para el ajuste de estatus, pero remarcó que el proceso dentro de Estados Unidos solo será posible bajo circunstancias extraordinarias. Los casos en curso y futuros serán evaluados caso por caso, con énfasis en el cumplimiento de las condiciones migratorias y el propósito original de la visa.
La política de ajuste de estatus, contemplada en la INA desde 1952, permite a ciertos extranjeros solicitar la residencia permanente sin abandonar Estados Unidos. Con la entrada en vigor del memorando, la vía preferente pasa a ser el trámite consular en el país de origen, salvo excepciones justificadas. USCIS subraya que la decisión final queda en manos del oficial designado, quien debe analizar la totalidad de las circunstancias presentadas en la solicitud.
El memorando PM-602-0199, emitido el 21 de mayo de 2026 por USCIS, instruye a sus oficiales a tratar el ajuste de estatus como un beneficio discrecional y extraordinario, no como un procedimiento rutinario. El documento recalca que la vía predeterminada es el trámite consular en el extranjero y que el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos solo procede en circunstancias excepcionales.
En la comunicación oficial, USCIS aclara que la normativa vigente, incluida la Sección 245 de la INA, no ha sido modificada. El memorando refuerza la autoridad de los oficiales para exigir que el solicitante complete el proceso de residencia fuera del territorio estadounidense, salvo que se justifique la excepción.
La agencia indica que “los oficiales deben considerar el ajuste de estatus como una forma de alivio extraordinario que permite a ciertos solicitantes evitar el proceso consular, y no como el procedimiento estándar para obtener la residencia permanente”.

La política afecta principalmente a los titulares de visas de propósito temporal. USCIS detalla que deben completar el trámite fuera de Estados Unidos quienes hayan ingresado con:
USCIS especifica que únicamente en situaciones extraordinarias, plenamente documentadas, el solicitante podrá continuar el ajuste de estatus dentro del país. El proceso será determinado por el oficial asignado tras analizar el expediente.
El memorando distingue entre visas de “intención única” (estancias temporales) y visas de “doble intención”, como H-1B y L-1, que permiten solicitar la residencia permanente mientras se mantiene el estatus de trabajo temporal.
No obstante, USCIS enfatiza que el ajuste de estatus bajo cualquier visa requiere que el solicitante cumpla con todos los requisitos legales y justifique circunstancias excepcionales si desea evitar el trámite consular. La autoridad migratoria señala que el simple cumplimiento de los requisitos legales no garantiza la aprobación, ya que la discrecionalidad del oficial es determinante.
El memorando ordena a los oficiales considerar la totalidad de las circunstancias del solicitante. Entre los criterios a evaluar figuran:
USCIS aclara que el análisis incluirá factores positivos y negativos, y que cada caso será resuelto según los méritos individuales del expediente.

La Sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que el solicitante debe:
USCIS recuerda que quienes hayan violado los términos de la visa o trabajado sin autorización no podrán acceder al ajuste de estatus en Estados Unidos.
En su comunicación oficial, USCIS indica que los expedientes en curso no serán rechazados automáticamente, pero serán evaluados bajo los nuevos criterios de discrecionalidad. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) informó que los solicitantes con beneficios económicos claros para el país o razones humanitarias justificadas podrán tener opciones para completar el proceso en territorio estadounidense.
El memorando puntualiza que la decisión final corresponde al oficial designado, quien deberá analizar de forma integral la situación de cada solicitante. El DHS reiteró que “no existe una prohibición general”, pero que la prioridad es el trámite consular salvo excepción fundamentada.
Conforme a la legislación vigente y la política de USCIS, no pueden solicitar el ajuste de estatus quienes:
Estos criterios no fueron modificados por la nueva política, pero su interpretación y aplicación pueden ser más estrictas bajo el enfoque discrecional actual.

USCIS recomienda a los solicitantes asegurarse de presentar expedientes completos y documentar todos los factores positivos que respalden su caso. La agencia insiste en que la decisión será discrecional y que cada expediente será evaluado de manera individual.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) advierte que aquellos con solicitudes pendientes o planes de presentar una petición deben consultar fuentes oficiales y considerar asesoría legal especializada antes de tomar decisiones que puedan afectar su estatus migratorio.
La nueva política de ajuste de estatus supone un cambio relevante para estudiantes y trabajadores temporales en Estados Unidos, ya que incrementa la evaluación individualizada y limita la posibilidad de completar el trámite de residencia dentro del país. Los solicitantes deben prepararse para un proceso más exigente y menos predecible, sujeto a la valoración de los oficiales migratorios y los lineamientos oficiales.
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