El Senado aprobó la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que plantea una reestructura del marco regulatorio del sector. Movimiento Ciudadano acompañó a Morena, Partido Verde y Partido del Trabajo para sumar 77 votos a favor, frente a los 30 de PAN y PRI.
El principal reclamo de la oposición fue la posibilidad que tiene el nuevo órgano regulador de suspender transmisiones si se violan los derechos de las audiencias, con el argumento de que es ambiguo.
La iniciativa aprobada por el Senado es una versión distinta a la que envió en abril pasado la mandataria al Congreso y que derivó en críticas por los riesgos de censura principalmente por el artículo 109, que abría la puerta al bloqueo temporal de plataformas digitales y finalmente fue suprimido.
El documento mantiene la orden de que los concesionarios que presten servicio de radiodifusión, televisión o audio en México no podrán transmitir propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos extranjeros, salvo que se trate de promoción turística, cultural o deportiva. La misma disposición aplica para programadores, operadores de señales y plataformas digitales cuyos contenidos estén disponibles en el territorio nacional.
Si eso ocurre, la Secretaría de Gobernación ordenará, previo apercibimiento, la suspensión de la transmisión de la publicidad y puede establecer una multa equivalente con hasta el 5 % de los ingresos de la empresa.
El Senado la aprobó al día siguiente de dictaminarla en Comisiones y la turnó a la Cámara de Diputados, que deberá discutirla antes de 2 de julio.
Un cambio fundamental es que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) será la nueva autoridad reguladora en el sector, en sustitución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), cuya eliminación fue aprobada en diciembre pasado, por iniciativa también del gobierno federal.
La ley establece que la Agencia es responsable de formular, aplicar y supervisar las políticas en el sector, así como el uso del espectro radioeléctrico y acceso a infraestructura tecnológica.
El documento establece que entre los objetivos de la Agencia están la digitalización y la simplificación de trámites, así como la incorporación de esquemas de uso compartido del espectro y redes inteligentes, con el fin de impulsar tecnologías emergentes y ampliar la conectividad, principalmente en regiones marginadas.
Según el documento, se busca cerrar la brecha digital al establecer las telecomunicaciones como un servicio público universal, con acceso equitativo a internet de banda ancha.
Ante las críticas por la concentración de poder en ese organismo contempladas en la primera iniciativa, en la versión aprobada se incluye la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), que es un órgano desconcentrado dentro de la propia Agencia, pero con autonomía técnica y operativa.
La propia presidenta Claudia Sheinbaum debe proponer a los cinco comisionados que integren la Comisión y el Senado debe ratificarlos.
La Comisión otorgará las concesiones, autorizaciones y constancias de registro. Los procesos de licitación y asignación de bandas de frecuencias y recursos orbitales también estarán a su cargo. Deberá generar los planes técnicos fundamentales, lineamientos, modelos de costos, procedimientos de evaluación de la conformidad y homologación y certificación de equipos.
El organismo elaborará y aprobará los planes y programas de uso del espectro, y establecerá las condiciones para la atribución de bandas de frecuencia. También determinará los montos de las contraprestaciones por el otorgamiento y prórroga de concesiones y autorizaciones.
Tiene la facultad de cambiar o rescatar bandas de frecuencias o recursos orbitales por interés público, seguridad nacional o introducción de nuevas tecnologías, entre otras razones.
Una de las principales advertencias, tanto por legisladores del PAN como del PRI, es la facultad de la Comisión Reguladora, previo apercibimiento, para suspender transmisiones que rebasen los tiempos máximos establecidos para la transmisión de mensajes comerciales y violar los “derechos de las audiencias”, debido a la ambigüedad que significaría.
Ricardo Anaya, coordinador del PAN, argumentó la ambigüedad que representaría cumplir con el derecho de las audiencias por no emitir, por ejemplo, “contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación”, incluida en el artículo 250.
“No podemos acompañar una legislación que va a permitir que espíen la ubicación de los ciudadanos; no podemos acompañar una legislación que le va a poner una pistola en la cabeza a las televisoras y a los radiodifusores para que no publiquen lo que al régimen le incomoda.. Lo denunciamos, era la Ley Censura y la Ley Censura se queda y por eso nuestro voto será en contra”, apuntó.
Claudia Anaya, del PRI, advirtió aspectos que no cambiaron en la nueva ley.
Un desconcentrado no tiene facultades jurídicas. Para toda acción legal que quieran emprender los comisionados deben solicitar al titular de la Agencia, José Merino, que lo haga.
La legisladora sugirió que se debió crear un órgano descentralizado con autonomía jurídica.
“Simulan esta comisión reguladora pero ni siquiera lo están haciendo bien”.
La vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales, reconoció las modificaciones realizadas en el dictamen y explicó por qué votaron a favor.
“Nos preocupaba también, lo denunciamos, el exceso de facultades que se le estaba dando a través de esta reforma a la Agencia de Transformación Digital. Nos preocupaba, porque generaban un cúmulo de decisiones, 66 nuevas facultades con carácter unipersonal. Una sola persona era la que tenía estas facultades, desde licencias, concesiones, todo lo que tenía que ver con este tema. Hoy el dictamen reduce estas facultades a nueve”.
El encargado de presentar la iniciativa fue Javier Corral, quien enfatizó que el dictamen eliminó cualquier punto que pudiera interpretarse como censura.
“Este dictamen eliminó todas las expresiones directas o indirectas que podían ser interpretadas como mecanismos de censura previa. (…) Lo que esta iniciativa busca garantizar como el núcleo de sus propósitos fundamentales es garantizar a todo el pueblo de México el derecho fundamental de acceso a Internet”, afirmó.
Uno de los debates más intensos en la tribuna fue la posibilidad de geolocalización en tiempo real, contenida en el artículo 183 de la iniciativa.
En la víspera, el PAN entregó una solicitud a la bancada de Morena para que la geolocalización en tiempo real de usuarios requiriera una orden judicial y que la suspensión de una señal ocurriera solo para proteger “audiencias infantiles”, no audiencias en general como ocurre en el dictamen actual.
El legislador había adelantado que si esos cambios se realizaban su grupo votaría a favor; sin embargo, acusó que la mayoría morenista no lo concedió. “Pudo más la vena autoritaria”, acusó.
Como respuesta Jorge Carlos Ramírez Marín comparó la ley vigente, en su artículo 190, con la propuesta de reforma, del artículo 183, para evidenciar que los ordenamientos son los mismos.
“Este big brother y esta mentira que están urdiendo ya estaba en la ley desde 2014, ¿y saben qué es lo más importante? Fue aprobada con el voto del PRI y el PAN en 2014”, dijo el senador por el Partido Verde, que en ese entonces militaba en el PRI.
El legislador argumentó que en el artículo 182, que señala que la geolocalización se realizarán conforme lo establezcan “establezcan las leyes” y recordó que el Código Nacional de Procedimientos Penales ya lo contempla (artículo 303).
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De última hora, el senador Javier Corral ingresó una reserva para agregar la posibilidad de que la Comisión pueda suspender transmisiones en caso de que la programación dirigida al público infantil viole el artículo tercero constitucional referente a la educación. así como las normas en materia de salud y la publicidad destinada a las infancias.
El otro cambio fue señalar que todas las personas trabajadoras del Instituto Federal de Telecomunicaciones serán dadas de baja con la extinción del organismo. Además de que sus indemnizaciones se pagarán a quienes tengan estabilidad laboral conforme a la fecha en que se integraron al servicio profesional del Instituto. Quienes no tengan estabilidad laboral serán finiquitados en término de las disposiciones aplicables.
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