
En Junín, provincia de Buenos Aires, una sentencia resolvió un litigio surgido tras un robo ocurrido el 31 de diciembre de 2022 en una vivienda particular. El fallo, al que accedió Infobae, determinó que la empresa encargada de la seguridad domiciliaria deberá pagar una indemnización por el mal funcionamiento de su sistema de alarma, luego de concluir que el servicio contratado no cumplió con los estándares comprometidos en el contrato.
La demanda fue iniciada por la propietaria del inmueble, quien sostuvo que desde 2010 mantenía un contrato vigente con una empresa de seguridad para la instalación y monitoreo de alarmas en su domicilio. El vínculo comercial incluyó sensores de movimiento, sensores de apertura en distintas puertas y el compromiso de monitoreo permanente durante las 24 horas, con aviso inmediato tanto a la usuaria como a la policía en caso de intrusión.
Según consta en la resolución, la reclamante denunció que el último día de 2022, tras ausentarse por algunas horas de la vivienda, al regresar encontró la puerta del garaje trabada desde adentro y el interior del inmueble revuelto, con varias puertas forzadas. En esa oportunidad, desconocidos habrían ingresado por el ventiluz del baño, sin que el sistema de alarma se activara, pese a la presencia de sensores en los sectores vulnerados.

De acuerdo con la resolución, la reclamante detalló que en el robo se sustrajeron alhajas, 350.000 pesos y 50.000 dólares estadounidenses, fondos que se hallaban ocultos en un placard. Tras el hecho, técnicos de la empresa de seguridad acudieron al lugar y constataron que los sensores de movimiento estaban desactivados o puenteados, sin rastros de manipulación externa, lo que indicaba que el sistema no estaba operativo.
La afectada argumentó que la empresa incumplió con el monitoreo permanente ofrecido, ya que no se activó ninguna alarma, ni se recibió señal alguna en la central de monitoreo, ni se dio aviso a las autoridades. Solicitó la aplicación del régimen de defensa del consumidor, reclamando la nulidad de cualquier cláusula limitativa de responsabilidad y el resarcimiento por daño material, daño moral y daño punitivo.
El expediente revela que la empresa demandada no se presentó en el proceso judicial a contestar la demanda, a pesar de haber sido notificada en forma legal. Por esa razón, el tribunal declaró su rebeldía y avanzó con la causa en ausencia de defensa por parte de la firma de seguridad.

En la etapa probatoria, el juzgado consideró instrumental proveniente de la unidad fiscal de investigación, pericias contables y técnicas informáticas. Se celebró una audiencia de vista de causa en mayo de 2025 y, finalmente, el expediente pasó a sentencia en septiembre de ese año, según el registro oficial.
La jueza a cargo de la causa estableció que la relación entre la usuaria y la empresa constituía una típica relación de consumo bajo la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, y el Código Civil y Comercial, ya que el servicio fue contratado para proteger una vivienda particular y no para actividades comerciales o productivas.
La resolución, dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 4 de Junín, remarcó que en las relaciones de consumo el proveedor asume un deber de seguridad respecto del usuario, lo que habilita un régimen de responsabilidad objetiva. Esto implica que la sola existencia de un daño en el contexto del servicio contratado puede dar lugar a la responsabilidad del proveedor, salvo que demuestre que existió una causa ajena suficiente para eximirlo.

El fallo analizó en detalle la prueba reunida. Determinó que, al momento del robo, el contrato se encontraba vigente y el sistema de alarma instalado debía estar operativo. La pericia informática, que no fue impugnada por la demandada, confirmó que los sensores de movimiento estaban anulados y que, en condiciones normales, debieron haber activado la alarma y generado una alerta en la central de monitoreo.
Declaraciones incorporadas en el expediente, junto con informes técnicos y registros de pagos, acreditaron que la usuaria cumplía con sus obligaciones contractuales y que la empresa prestadora tenía bajo su control la información necesaria para garantizar la funcionalidad del sistema. La falta de colaboración de la firma en aportar documentación fue interpretada como una conducta obstructiva.
La jueza concluyó que el sistema de alarma no operó conforme a los estándares profesionales asumidos, lo que permitió la intrusión sin detección ni aviso. Vinculó la falla del sistema con la magnitud del daño sufrido, considerando que una respuesta eficaz habría evitado o reducido el perjuicio.

En cuanto a la cuantificación del daño material, el tribunal valoró los elementos reunidos en la investigación penal. Escuchas telefónicas, movimientos patrimoniales de los imputados del robo y testimonios reforzaron la verosimilitud del monto reclamado: 50.000 dólares y 350.000 pesos. El reclamo por otros bienes sustraídos no prosperó por falta de pruebas suficientes sobre su valor o existencia.
Sobre el daño moral, la sentencia reconoció que el incumplimiento del contrato de seguridad impactó en la esfera íntima y emocional de la demandante, afectando su tranquilidad y la inviolabilidad de su hogar. La jueza fijó este resarcimiento en dos millones de pesos, al considerar la especial situación del caso y el tiempo transcurrido sin reparación.
El tribunal rechazó el pedido de daño punitivo al no comprobarse una conducta dolosa o gravemente desaprensiva por parte de la empresa demandada, ni la obtención de un beneficio económico injustificado con motivo del incumplimiento.

Respecto de los intereses, la sentencia dispuso que el monto reconocido en dólares devengará un 4% anual desde el hecho hasta su efectivo pago, mientras que la suma en pesos y el daño moral devengarán la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, desde la fecha del robo hasta la sentencia y, posteriormente, hasta el pago final.
La resolución impuso las costas del proceso a la empresa de seguridad, por aplicación del principio general ante su rebeldía. La regulación de honorarios de los profesionales intervinientes fue diferida hasta que existan pautas firmes en el expediente.
Buenos Aires, 5 jun (Prensa Latina) Días previos a la Copa del Mundo de Fútbol, la Selección Argentina recuperó la cima del ranking de la FIFA gracias a los resultados de los partidos amistosos internacionales que la catapultaron a lo más alto de la clasificación mundial.The post Selección Argentina recupera la cima del ranking de la FIFA fi
Prensa Latina
La capacidad del estadio pasó de 30 mil espectadores a unos 45 mil 700 asientos, y desde el 10 de mayo no ha albergado encuentrosLa entrada Toronto alista su estadio para recibir el primer partido mundialista en Canadá aparece primero en López-Dóriga Digital.
Lopezdoriga.com
La Selección Mexicana cerró su preparación para el Mundial 2026 con una contundente victoria sobre Serbia en Toluca
Estadio Deportes
Antes de que llegue la retroexcavadora, antes de que se instale el primer andamio y antes de que comience cualquier actividad de obra, hay un elemento que ya debe estar en el sitio: la caseta.
Lado.mx
Si estás intentando consultar el estatus de tu solicitud o recuperar tu número de folio y te topaste con que la página buscador.becasbenitojuarez.gob.mx/folio está completamente desconectada, no estás solo.
Lado.mx
El mercado mexicano de apuestas en línea está experimentando una transformación acelerada. Lo que hace apenas unos años seguía siendo un nicho con un número limitado de operadores locales se está convirtiendo en un escenario competitivo a gran escala con la participación de marcas globales.
Lado.mx
Xalapa, Ver., 04 de junio de 2026.- El Congreso del Estado aprobó que en el...El cargo Intervención extranjera, nueva causal de nulidad de elecciones en Veracruz apareció primero en Sigüenza Comunica.
Sigüenza Comunica
La Selección Mexicana derrotó a Serbia por marcador de 5-1 en la cancha del Estadio Nemesio Diez de Toluca, cerrando de manera triunfal sus partidos de preparación y dejando todo definido rumbo a su debut en la Copa Mundial de la FIFA 2026
Los Noticieristas
Taylor Swift presenta su canción para Toy Story 5 I Knew It I Knew YouTaylor Swift lanza su anticipada canción para Toy Story 5, generando emoción entre los fanáticos. Conócela aquí.Este artículo es un contenido original de Monterrey Rock
Monterrey Rock
GobCDMX
La cantante estadounidense confesó que el participar en la película, con una canción para la vaquerita Jessie, fue un sueño hecho realidad
El Sol de Cuautla
Taylor Swift presenta su canción para Toy Story 5 I Knew It I Knew YouTaylor Swift lanza su anticipada canción para Toy Story 5, generando emoción entre los fanáticos. Conócela aquí.Este artículo es un contenido original de Monterrey Rock
Monterrey Rock
Taylor Swift estrenó “I Knew It, I Knew You”, la canción original de Toy Story 5. Conoce de qué trata el tema, cómo se relaciona con Jessie y por qué marca un regreso a las raíces country de la cantante.
El Imparcial
Memote Martínez abrió su corazón sobre su convocatoria al Tri, las críticas y el emotivo momento que vivió junto a su familia.
Debate.com.mx
México no supera los octavos desde 1986 y este verano juega tres partidos de grupo en casa. La presión es máxima y los debates sobran. Infobae te pregunta: ¿con quién quieres ver al Tri en el Mundial 2026? Arma tu selección y compártela
Infobae
Ambos seleccionados podrán ver la final entre sus clubes que se jugará el próximo domingo.
El Imparcial
Arturo LópezUn 14 de octubre de 2008, Gilberto Rafael Mora Zambrano nació. A sus 17 años, el originario de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, tiene los ojos puestos de diferentes clubes del mundo. En varios países y en México, lo consideran como una “joya, perla” del futbol nacional.- TE PUEDE INTERESAR: Gilberto Mora apunta altoCoronado en la Co
Excelsior
Gilberto Rafael Mora Zambrano nació un 14 de octubre de 2008, a sus 17 años, el originario de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, tiene los ojos puestos en diferentes clubes del mundo. En varios países y en México, lo consideran como una “joya” del futbol nacional. Coronado en la Copa Oro 2025 y con un Mundial Sub-20 […]The post Gilberto Mo
Plaza de Ármas
Javier Aguirre pone a Gilberto Mora a la altura de Tomás Boy, Benjamín Galindo y Cuauhtémoc Blanco El joven jugador del Club Tijuana ha captado la atención del medio futbolístico DavidTASáb, 15/11/2025 - 07:55
Record
Últimas noticias
Exigen a empresa Estrella Blanca responder por lesionados tras volcadura
Un futbolista de 22 años sufrió un ACV tras un partido y está internado en terapia intensiva
Código promocional Betista: hasta USD $250 en Junio 2026
Estados Unidos revoca visas a gobernadores de México
Masters del Universo tiene tres escenas post créditos. ¿Merece la pena quedarse a verlas?
El IBEX 35 sube el 0,21 % tras la apertura y recupera los 18.300, pese a la IA y a Irán
Era de mujer el cuerpo encobijado encontrado en La Chaveña
Iván Cepeda insiste en un acuerdo nacional e hizo un llamado a la oposición: “Invitación sincera”
La guerra moderna ya no se libra únicamente en el terreno físico. Hoy, también se combate en océanos de datos, videos y transmisiones en tiempo real
Nuevas propuestas musicales: el reciclaje en la creación contemporánea
Lucha libre en la CDMX: diversión, tradición y precios accesibles
Chivas avanza en el fichaje de Kevin Castañeda para Apertura 2026
Motociclista fallece tras derrape en carretera libre a Torreón
Liberan a "El Bau" tras su vinculación en el homicidio de Karina y Alexandro
PSG vs Arsenal: Resultado EN VIVO, minuto a minuto y goles de la final de Champions League