
A dos semanas de que la Cámara de Diputados aprobara la reforma de la Ley de Glaciares (Ley N° 27.804), este viernes a la madrugada el Gobierno nacional promulgó las modificaciones que quedaron asentadas en el Boletín Oficial. A partir de esto, se introdujo un cambio sustancial en el régimen de protección de los glaciares y ambientes periglaciares en Argentina.
“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.804 (IF-2026-35955743-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 8 de abril de 2026″, comunicaron por medio de la publicación del Decreto N° 271/2026.
De esta manera, entraron en vigencia los cambios realizados a la normativa que fue originalmente promulgada en 2010, con la intención de regular la preservación de glaciares y áreas periglaciares como reservas estratégicas de agua dulce, encuadrándolos como bienes públicos para el consumo, la recarga de cuencas hidrográficas, el turismo, la investigación científica y la protección de la biodiversidad.
No obstante, la nueva ley redefinió el alcance de esa protección, debido a que le otorgó a las provincias la facultad de establecer criterios propios para determinar qué glaciares y ambientes periglaciares serán preservados, una demanda sostenida por distritos con actividad minera. En ese caso, dejarán de estar cubiertos específicamente por esta legislación, aunque seguirán comprendidos bajo la Ley General del Ambiente y otras normas vigentes.
Uno de los cambios centrales residió en el enfoque sobre los Glaciares de Escombros (GdE) y las áreas periglaciares. Mientras la ley original establecía una protección general, la reforma limitó su resguardo a aquellos cuerpos y geoformas que cumplan una “función hídrica comprobada o relevante”.
Por este motivo, solo estas zonas serán protegidas estrictamente, lo que habilitará la posibilidad de autorizar actividades productivas y extractivas en sectores antes vedados. Durante las audiencias públicas realizadas previas al tratamiento, este se constituyó como un punto que generó cuestionamientos de especialistas y organizaciones ambientales.
Por otro lado, la sanción también desplazó el control científico nacional, debido a que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), que hasta ahora tenía el rol principal en la identificación de glaciares, pasará a una función más acotada y registral.
El inventario nacional elaborado por el IANIGLA será de “ineludible consulta y consideración” para las provincias, pero sin restarles atribuciones. No obstante, cuando se trate de zonas fronterizas aún no demarcadas, la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto será obligatoria antes de registrar los datos en el inventario.
Otra de las modificaciones relevantes corresponde al cambio en el sistema de prohibiciones. Se deja atrás el esquema de prohibiciones generales y se adopta un sistema basado en la evaluación de impacto ambiental caso por caso, bajo control de las mismas provincias. Así, la autorización de actividades productivas dependerá del análisis de impacto y no de un veto previo general.
Luego de que la reforma fuera aprobada con un total de 137 votos afirmativos frente a 111 negativos y tres abstenciones en la Cámara Baja, el Poder Ejecutivo Nacional defendió la reforma señalando que permitirá ordenar el marco normativo, evitar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental, dando mayor protagonismo a las provincias en la gestión de sus recursos.
“Esta reforma histórica aclara con precisión científica que se debe continuar protegiendo los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que cumplen funciones hídricas, permitiendo, en función de evaluaciones técnico-científicas provinciales, la explotación de los minerales en los terrenos que estaban mal catalogados como glaciares y no formaban parte del objeto protegido de la ley”, enumeraron en un comunicado emitido por la Oficina del Presidente.
Al mismo tiempo que celebraron que eliminará "las distorsiones ideológicas y las trabas artificiales que impedían el progreso”, enfatizaron que los cambios legislativos reafirmaron que “el cuidado genuino del ambiente y el crecimiento económico no son enemigos”.
Y concluyeron que “los intentos de interferencia de organizaciones extranjeras fracasaron y los ecologistas empeñados en impedir el progreso de la República Argentina volvieron a perder. Las agendas que buscan impedir el progreso de los argentinos encontraron en este Gobierno su mayor enemigo”.
Saraperos de Saltillo no logró sostener una amplia ventaja y terminó cayendo 9-7 ante Rieleros de Aguascalientes en el tercer juego de la serie, disputado en el Estadio Alberto Romo Chávez, resultado con el que la novena hidrocálida se quedó con el compromiso.
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