El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este jueves la suspensión definitiva que permitía a Grupo Xcaret seguir utilizando elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad turística. La decisión, aprobada por siete votos contra dos, obliga a la empresa a retirar esa simbología de su publicidad y de su sitio web mientras se resuelve el litigio de fondo que mantiene con integrantes de la comunidad maya y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
La información fue publicada originalmente por La Jornada, con base en la sesión del Pleno que se extendió por una hora con 43 minutos y en la que se reconoció que hubo presiones para frenar el debate. El proyecto de la ministra María Estela Ríos González, que tumbó la medida cautelar, fue respaldado por sus compañeros luego de un intercambio de posturas que evidenció la complejidad del caso.
El interés público y social prevaleció sobre el interés comercial
Al defender su proyecto, la ministra Ríos González sostuvo que la protección del patrimonio cultural de los pueblos indígenas tiene un peso mayor que el interés comercial de una empresa privada. “Qué bueno que las empresas vengan e inviertan en México, pero eso no las faculta a disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación”, afirmó.
Su propuesta se basó en el artículo 2 constitucional y en estándares internacionales que reconocen el derecho de los pueblos indígenas a decidir sobre su patrimonio e identidad. La ministra aseguró que antes de tomar la decisión escuchó a todos los interesados: desde la empresa, el Gran Consejo Maya de Quintana Roo (GCM) , el Indautor y hasta el gobierno de Quintana Roo, encabezado por Mara Lezama.
La postura fue aplaudida por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien dijo: “La felicito por su proyecto, porque necesitó valentía para presentarlo. Es un asunto en el que fue muy —eso es lo que su servidora considera— muy presionada”.

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La defensa de Xcaret: un contrato por 15 millones de pesos
La ministra Yasmín Esquivel Mossa hizo una férrea defensa por mantener la suspensión a favor de Xcaret. Argumentó que la empresa contaba con autorización del Gran Consejo Maya de Quintana Roo mediante un contrato por cinco años y una contraprestación de 15 millones de pesos para el uso y aprovechamiento del patrimonio cultural maya.
Según Esquivel Mossa, ese acuerdo acreditaba la apariencia del buen derecho sin afectar a la colectividad. Cuestionó que, pese a tratarse únicamente de una medida cautelar, el Pleno se adelantara a prejuzgar el fondo del litigio e invalidara de facto dicho convenio. Advirtió que retirar la publicidad impactaría de inmediato a la empresa y pondría en riesgo la materia del juicio, mientras que mantenerla no generaba un daño concreto.
Además, contrastó que proyectos públicos como el Tren Maya utilicen símbolos culturales de la región para promover el turismo, lo que —dijo— evidencia un trato desigual. “Entonces, yo les pregunto, para la utilización de este emblema, ¿se requiere la autorización de Indautor? Ahora, pues se usa el emblema sin la propia autorización de Indautor. Su uso fomenta la inversión al turismo”, expresó.
La respuesta: un contrato no sustituye la consulta previa
En respuesta, la ministra Ríos González rechazó la comparación con el Tren Maya y defendió que no puede equipararse el uso de símbolos culturales entre proyectos públicos y privados. Subrayó que en el primero hubo consulta a comunidades indígenas, mientras que en el caso de Xcaret no se acreditó ese procedimiento. “No es posible equiparar el uso de esos símbolos para una empresa privada y para una empresa pública… esa comparación es ineficaz”, afirmó.
Sostuvo que el contrato de Xcaret con el Gran Consejo Maya no acredita el consentimiento de todo el pueblo maya —integrado por mil 21 comunidades en Campeche, Quintana Roo y Yucatán—, aunque aclaró que no se cuestiona la legitimidad del Consejo.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió con ese argumento. “Ese es el punto porque el estándar legal y constitucional dice que los pueblos y comunidades, que son titulares de su patrimonio cultural, solamente pueden otorgar su consentimiento vía un procedimiento de consulta previa libre e informada, es decir, aún existiendo el contrato, ese contrato tendría que haberse sometido a una consulta previa, libre e informada”, explicó.
El debate sobre la suspensión y las presiones reconocidas
El ministro Arístides Guerrero García votó en contra del proyecto y propuso posponer la votación para escuchar a las partes e incluso abrir una consulta pública. Sin embargo, Ríos González respondió que ya había otorgado audiencia y subrayó que el asunto ya se había pospuesto previamente, pues fue enlistado el 6, 11 y 17 de marzo pasados. “Ya acepté una vez que se retirara. Pero esta vez no”, enfatizó.
El ministro presidente Aguilar Ortiz respaldó la decisión de no posponer nuevamente y aclaró que, por ahora, el debate se centra en la suspensión, mientras que la consulta pública requiere procedimientos específicos que exceden este tema y corresponden al fondo del asunto.
Durante la sesión, tanto la ministra Ortiz Ahlf como otros togados reconocieron que el caso había estado sometido a presiones externas. “La felicito por su proyecto, porque necesitó valentía para presentarlo. Es un asunto en el que fue muy presionada”, dijo Ortiz Ahlf en referencia a la ponente.

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El origen del conflicto: de un acuerdo al litigio prolongado
El conflicto comenzó en 2022, cuando el Gran Consejo Maya de Quintana Roo denunció a Grupo Xcaret ante el Indautor por uso indebido de patrimonio cultural. Tras imponer medidas para retirar contenidos, ambas partes firmaron un acuerdo y el Consejo se desistió, decisión aceptada el 18 de agosto de 2023.
Sin embargo, otros integrantes del pueblo maya continuaron el litigio. En septiembre de 2024, el Indautor ordenó ejecutar las medidas y, ante el incumplimiento, en octubre impuso nuevas órdenes y una multa. La empresa obtuvo una suspensión en febrero de 2025, pero esta fue impugnada en marzo y abril por el Indautor y representantes mayas. Tras una revisión adhesiva en mayo, el caso fue atraído por la Suprema Corte en octubre de 2025.
¿Qué sigue para Xcaret y para la protección del patrimonio cultural?
Con la revocación de la suspensión, Grupo Xcaret deberá retirar de inmediato los elementos del patrimonio cultural maya de su publicidad y de su sitio web, mientras se resuelve el litigio de fondo. El fallo de la Corte establece un precedente importante: el interés público y social en la protección de la identidad de los pueblos indígenas prevalece sobre el interés comercial de una empresa privada.
El caso también deja claro que un contrato con una organización indígena, por sí mismo, no es suficiente para acreditar el consentimiento de toda la comunidad. La consulta previa, libre e informada es el estándar constitucional que debe cumplirse para el uso del patrimonio cultural de los pueblos originarios.
El litigio de fondo aún deberá resolverse, probablemente con una nueva revisión por parte de la Corte después de agotarse en tribunales. Mientras tanto, la decisión de este jueves marca un punto de inflexión en la forma en que se protegen los símbolos y tradiciones de los pueblos indígenas frente al uso comercial.
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