A partir de octubre, todas las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares registran un aumento del 1,88%, conforme al ajuste derivado de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes de agosto. Con la publicación de las resoluciones 317/2025 y 318/2025 en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) fija los valores oficiales que configuran los haberes y prestaciones sociales que se liquidan durante el próximo mes, afectando a millones de titulares en Argentina.
La medida alcanza a diversos grupos: trabajadores registrados, quienes integran regímenes especiales, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), desempleados, monotributistas, veteranos de guerra, y perceptores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). El nuevo cuadro de haberes se aplica para todos los hechos generadores que tengan inicio durante el mes de octubre, garantizando un marco de actualización en sintonía con la inflación mensual.
El aumento impacta de manera directa sobre el haber mínimo, que sube a $326.298,38 y sobre el haber máximo, que llega a $2.195.679,22. Estas cifras marcan los límites inferior y superior para la percepción de jubilaciones y pensiones contributivas. La base imponible para los aportes al SIPA, por su parte, establecerá nuevos mínimos y máximos: $109.897,23 en el extremo inferior y $3.571.608,54 en el extremo superior, actualizando el rango sujeto a contribuciones mes a mes.
En la estructura de prestaciones incluidas, el reajuste abarca a la Prestación Básica Universal (PBU), cuyo monto se eleva a $149.266,62, y a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que llega a $261.039. El sistema también contempla a las pensiones por invalidez laboral, donde el haber representa el 70% de la jubilación mínima y se actualizará a $228.409. Todos estos cambios se integran automáticamente al sistema, cubriendo a quienes inicien sus trámites previsionales a partir de octubre y ajustando, además, los valores para quienes ya están cobrando sus prestaciones.
El nuevo esquema incorpora la posibilidad de recibir un bono mensual de $70.000. Aunque la confirmación oficial pendiente, la expectativa gira en torno a la continuidad del refuerzo. Este suplemento eleva el haber mínimo total a $396.298,38 y la PUAM a $331.039. La pensión por invalidez laboral también incluye el bono, por lo que el monto para este beneficio trepa a $298.409. El bono no poseerá mecanismo automático de actualización, su asignación se confirmará cada mes y desde marzo de 2024 mantuvo un mismo valor nominal, experimentando una reducción de su poder de compra a medida que avanzó la inflación.
El funcionamiento del bono, en todos los casos, responde a un esquema de complemento: aquellos que, después de aplicarse el aumento, no alcancen el piso combinado por la suma del haber mínimo más bono, recibirán la diferencia como suplemento hasta completar el monto que se fija por decreto. El mecanismo ofrece un piso garantizado para jubilados y pensionados del régimen contributivo, así como para titulares de la PUAM que se encuentran en la base de la pirámide previsional.
En el universo de las asignaciones familiares y sociales, la misma pauta de incremento del 1,88% se traslada a los valores de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y a las asignaciones por hijo con discapacidad. La AUH queda en $117.252 por cada hijo menor de 18 años, mientras que la asignación por hijo con discapacidad sube a $381.790. Estas cifras se abonan en un 80% de manera mensual y el 20% restante se liquida tras la presentación anual de la documentación de salud y escolaridad que exige la normativa vigente.
Las nuevas escalas impactan también en los trabajadores monotributistas y en quienes están bajo convenios especiales de empleo. Para trabajadores registrados y los alcanzados por la Ley de Riesgos del Trabajo, el monto de la asignación por hijo varía en función de los tramos salariales y la zona donde resida el beneficiario. En el nivel salarial más bajo y la zona general, la asignación por hijo es de $58.631, cifra que escala hasta $126.425 en regiones diferenciales como la Patagonia. La asignación por hijo con discapacidad queda fijada en $190.902 para los ingresos más bajos dentro del régimen general.
Para titulares de la prestación por desempleo, los montos se ordenan con la misma lógica escalonada: $58.631 para el primer tramo de ingresos, $39.548 para el segundo y $12.340 para quienes estén en el nivel más alto de percepción. En el caso de la asignación por hijo con discapacidad, los valores corresponden a $190.902, $135.050 y $85.234 respectivamente, reflejando la progresión según el ingreso familiar.
En el régimen especial para trabajadores temporarios, permanentes discontinuos y agropecuarios definido por el Decreto 514/21, el monto de la asignación por hijo no puede ser inferior al fijado para la AUH. El valor general se establece en $117.252, con adicionales en jurisdicciones donde se aplican zonas diferenciales geográficas. La ayuda escolar anual, en este panorama, también sufre incremento: pasa a $42.039 en la mayoría de los distritos y llega a $83.797 en zonas de Patagonia y regiones similares.
El límite de ingreso para percibir asignaciones familiares sufre una actualización significativa. Para mantener el acceso al beneficio, ningún integrante del grupo familiar puede superar $2.403.613 de ingresos mensuales. Si un miembro de la familia supera este monto, el grupo completo queda excluido de la asignación, incluso si la suma total no supera el techo máximo para el grupo. El objetivo, según el marco regulatorio, es garantizar una distribución focalizada y transparente de los recursos, impidiendo acumulaciones de beneficios en sectores de mayores ingresos.
En el conjunto de veteranos de guerra del Atlántico Sur, los valores para asignaciones se ajustan bajo el mismo criterio. Para los ingresos más bajos, la asignación por hijo se ubica en $58.631, mientras que en los tramos más altos el valor es de $12.340. Para hijos con discapacidad, el monto oscila entre $190.902 y $85.234, contemplando también diferencias según la zona geográfica donde reside el beneficiario.
El ajuste de la movilidad en las prestaciones sociales y de seguridad social responde a lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, vigente desde abril del año pasado. El decreto establece la actualización mensual de haberes sobre la base del IPC difundido por el organismo de estadísticas. Para el mes de octubre, el indicador tomado fue el de agosto, que marcó un 1,88%. Desde la implementación de la nueva fórmula, el esquema de movilidad produjo reajustes automáticos mensuales, cuyo objetivo es evitar rezagos marcados en los ingresos respecto a la variación de precios.
La evolución real de los haberes avanza en paralelo a los incrementos de la inflación y la presencia del bono provisional. Desde noviembre de 2023 hasta agosto, el haber mínimo sin bono creció un 10%. Al sumar el refuerzo, la variación nominal no consiguió ubicarse por encima de la suba general de precios, motivo por el que la mejora real fue limitada. En comparación con el máximo histórico de hace dieciséis años, el haber mínimo más bono se encuentra un 38% por debajo en términos de poder adquisitivo. Frente al nivel piso de febrero de 2024, la mejora registrada es del 25%.
En el segmento de la Asignación Universal por Hijo, la variación resulta más significativa. Desde noviembre de 2023, este ingreso aumentó un 102%, alcanzando un valor 110% superior al mínimo histórico de diciembre de ese mismo año y apenas 5% por debajo del máximo nominal vigente en julio de 2015. El desempeño de la AUH acompañó la evolución de los precios de forma sostenida desde mediados de 2024, manteniendo un poder real relativamente estable en ese lapso.
Durante el último año, la política de movilidad y de complemento enfrentó intentos legislativos de modificación. El Congreso debatió una suba extraordinaria del 7,2% para todas las jubilaciones y pensiones, y una actualización del bono mínimo a $110.000. La propuesta no consiguió los votos necesarios para superar el veto presidencial de Javier Milei, quien justificó la decisión por la “política de superávit fiscal permanente” que el Poder Ejecutivo priorizó en la agenda económica. El impacto fiscal estimado de la medida desaprobada oscilaba entre el 0,22% y el 0,42% del Producto Bruto Interno.
La liquidación de haberes y prestaciones correspondientes a octubre ya incorpora los nuevos pisos y topes determinados por el incremento del 1,88%. Cualquier persona que inicie su solicitud de jubilación, pensión o asignación familiar a partir del 30 de septiembre accede a los montos actualizados. El proceso incorpora los índices de recálculo dispuestos por la autoridad previsional, actualizando en tiempo real los tramos, los valores, las sumas adicionales y las bonificaciones temporarias.
Las cifras oficiales del esquema vigente responden a la actualización mensual y al monitoreo constante del poder de compra de los ingresos protegidos por el sistema de seguridad social. Se prevé que todos los beneficiarios reciban los haberes y prestaciones bajo el nuevo cuadro, incluyendo sumas adicionales en caso de que se ratifique el pago del bono mensual autorizado por decreto.
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