Trabajador extranjero que presta servicios desde México a empresa extranjera: ¿Debe presentar DAISR en nuestro país? SoyConta.com

Trabajador extranjero que presta servicios desde México a empresa extranjera: ¿Debe presentar DAISR en nuestro país?. Noticias en tiempo real 17 de Mayo, 2023 10:14

L.C. César Aguilar Aguilar

Para saber cuándo y cómo debe pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) un trabajador extranjero que presta servicios desde México a una empresa extranjera es necesario revisar lo dispuesto en el Título V de la Ley del ISR, también conocido como “De los residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional”.

En este sentido, el artículo 153 de la Ley del ISR señala que están obligados al pago del ISR, los residentes en el extranjero que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, aun cuando hayan sido determinados presuntivamente por las autoridades fiscales, provenientes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país o cuando teniéndolo, los ingresos no sean atribuibles a éste.

Se considera que forman parte de dichos ingresos los pagos efectuados con motivo de los actos o actividades a que se refiere dicho Título, que beneficien a los residentes en el extranjero, inclusive cuando le eviten una erogación, pagos a los cuales les resultarán aplicables las mismas disposiciones que a los ingresos que los originaron.

Ahora bien, de acuerdo con el artículo 154 de la misma disposición, tratándose de los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando el servicio se preste en el país.

Para tales efectos, el impuesto se determinará aplicando al ingreso obtenido las tasas siguientes:

I. Se estará exento por los primeros $125,900.00 pesos obtenidos en el año de calendario de que se trate.
II. Se aplicará la tasa del 15% a los ingresos percibidos en el año de calendario de que se trate que excedan del monto señalado en la fracción que antecede y que no sean superiores a $1,000,000.00 pesos.
III. Se aplicará la tasa del 30% a los ingresos percibidos en el año de calendario de que se trate que excedan de $1,000,000.00 pesos.

La persona que efectúe dichos pagos también deberá efectuar la retención del impuesto correspondiente, siempre que se trate de un residente en el país o residente en el extranjero con un establecimiento permanente en México con el que se relacione el servicio.

En los demás casos, el contribuyente enterará el impuesto correspondiente mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los quince días siguientes a la obtención del ingreso.

Es importante señalar que se exceptúan del pago del impuesto a que se refiere el artículo 154 antes mencionado, los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que sean pagados por residentes en el extranjero, personas físicas o morales, que no tengan establecimiento permanente en el país o que teniéndolo, el servicio no esté relacionado con dicho establecimiento, siempre que la estancia del prestador del servicio en territorio nacional sea menor a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de doce meses.

No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando quien paga el servicio tenga algún establecimiento en territorio nacional con el que se relacione dicho servicio, aun cuando no constituya establecimiento permanente de esta Ley, así como cuando el prestador del servicio reciba pagos complementarios de residentes en el extranjero, en consideración a servicios prestados por los que haya obtenido ingresos sujetos a retención conforme al tercer párrafo del artículo 154 antes señalado.

El contribuyente que se encuentre obligado a pagar el impuesto en los términos de dicho artículo estará obligado a continuar pagándolo, mientras no demuestre que ha permanecido por más de 183 días consecutivos fuera de territorio nacional.

Considerando lo señalado en los párrafos anteriores, a manera de resumen, podemos señalar que:

  1. Las personas físicas extranjeras que presten servicios personales subordinados en territorio nacional y sean remuneradas por un contribuyente en México, pagaran el ISR que les corresponda mediante la retención que les realice el residente en territorio nacional.
  2. En los casos en que dichas personas físicas sean remuneradas por un residente en el extranjero, el contribuyente enterará directamente el impuesto correspondiente mediante declaración.
  3. No obstante lo anterior, se exceptúan del pago del impuesto en México los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, que sean pagados por un residente en el extranjero, siempre que la estancia del prestador del servicio en territorio nacional sea menor a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de doce meses.
  4. Caso contrario, si el prestador del servicio permanece en territorio nacional más de 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de doce meses, deberá de pagar el ISR que le corresponda, sin importar que sea remunerado directamente por el residente en el extranjero.

Lo anterior, se encuentra completamente alineado a lo dispuesto en artículo 15 del Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio de la OCDE, el cual señala que los sueldos, salarios y remuneraciones similares obtenidos por un residente de un Estado Contratante (Extranjero) por razón de un empleo solo pueden someterse a imposición en este Estado (Extranjero), a no ser que el empleo se ejerza en el otro Estado Contratante (México). Si el empleo se ejerce aquí (México), las remuneraciones percibidas por este concepto pueden someterse a imposición en este otro Estado (México).

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las remuneraciones obtenidas por un residente de un Estado Contratante (Extranjero) por razón de un empleo ejercido en el otro Estado (México) Contratante solo pueden someterse a imposición en el primer Estado (Extranjero) si:

a) El perceptor no permanece en total en el otro Estado (México), en uno o varios períodos, más de 183 en cualquier período continuo de doce meses

b) Las remuneraciones se pagan por o en nombre de una persona empleadora que no es residente del otro Estado (México), y

c) Las remuneraciones no se soportan por un establecimiento permanente o una base fija que la persona empleadora tiene en el otro Estado (México).

Las disposiciones fiscales antes citadas, nos permiten definir en qué casos una persona física extranjera (No Residente), que presta un servicio personal subordinado en México, debe pagar el ISR en México o en su país de residencia, si es sujeto de retención o lo debe enterar directamente. Lo anterior, no significa que se trate de un residente en territorio nacional, que se encuentre obligado a presentar su Declaración Anual en términos del Título IV de la Ley del ISR.

Luego entonces, surge la interrogante en qué casos las personas físicas extranjeras que prestan un servicio personal subordinado en México deben de presentar su Declaración Anual en nuestro país, para dar respuesta, es necesario revisar lo dispuesto en el artículo 9 del Código Fiscal de la Federación, el cual señala que se consideran residentes en territorio nacional las siguientes personas físicas:

Las que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando las personas físicas de que se trate también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales. Para estos efectos, se considerará que el centro de intereses vitales está en territorio nacional cuando, entre otros casos, se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. Cuando más del 50% de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año de calendario tengan fuente de riqueza en México, en este caso, cuando el servicio se preste en el país.
  2. Cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales.

Adicionalmente, será necesario revisar si las personas físicas extranjeras en comento residen en un país con el que México tenga celebrado un Tratado Internacional para Evitar la Doble Tributación, de ser el caso, la residencia fiscal se definirá con base en lo dispuesto en dicho Tratado y sus reglas de desempate.

Por lo tanto, en caso de que las personas físicas extranjeras que presten un servicio personal subordinado califiquen como residentes en territorio nacional, éstas deberán cumplir con las obligaciones previstas en el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR, entre las cuales se encuentra la de presentar la Declaración Anual del ISR, siempre que se ubiquen en los supuestos previstos en dicha disposición, dejando de tributar conforme al artículo 154 del Título V de la LISR.

***

>>> ¡Síguenos en Facebook! <<<

Contenido relacionado con esta nota:

Consulta nuestras últimas entradas:

Comentarios u opiniones contenidos en los artículos publicados en Soy Conta, son responsabilidad de su autor, pudiendo ser distintos a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales; tampoco representan una asesoría, consejo o prestación de servicios de ninguna índole. 2023. Se prohíbe su reproducción total o parcial.

La entrada Trabajador extranjero que presta servicios desde México a empresa extranjera: ¿Debe presentar DAISR en nuestro país? aparece primero en Soy Conta.


Compartir en:
   

 

 

Vuelca pipa cargada de gasolina y provoca derrame en la carretera Saltillo–Torreón . 21:42

Una pipa cargada con combustible volcó la tarde del viernes sobre la carretera Saltillo–Torreón, a la altura del kilómetro 199, provocando un derrame de material peligroso y la movilización inmediata de corporaciones de emergencia de los tres órdenes de gobierno.El incidente fue reportado al sistema de emergencias 911, alrededor de las 13:19

El Siglo de Torreón

Venezolano es vinculado a proceso por intento de feminicidio; permanece en prisión preventiva en Cancún.21:41

CANCÚN, QRoo, 28 de marzo de 2026.- Un juez de control determinó la vinculación a proceso de Jorge Luis “N”, de origen venezolano y naturalizado mexicano, por su probable responsabilidad en el delito de feminicidio en grado de tentativa, en agravio de una adolescente.La resolución fue obtenida por la Fiscalía General del Estado de Quintana

Palco Quintanarroense

Sheinbaum anuncia que regalará boletos para el México-Portugal en el Azteca. 21:27

A través de redes sociales, Sheinbaum anunció una dinámica en su cuenta de Instagram para ganar boletos para el partido México-PortugalLa entrada Sheinbaum anuncia que regalará boletos para el México-Portugal en el Azteca aparece primero en López-Dóriga Digital.

Lopezdoriga.com

México somete a la industria del juego a una supervisión fiscal continua.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la principal autoridad tributaria de México, obtuvo facultades para supervisar en tiempo real las operaciones de casinos, tragamonedas, sorteos y apuestas deportivas.

Lado.mx

Cómo plataformas como WunderTrading están cambiando la forma de invertir en criptomonedas.

El interés por las criptomonedas no ha dejado de crecer en los últimos años. Cada vez más personas buscan formas de participar en este mercado, ya sea como una alternativa de inversión o como una forma de diversificar sus ingresos.

Lado.mx

Cómo crear un plan de contingencia para cobros en cadenas comerciales.

Las cadenas comerciales enfrentan un desafío constante: garantizar que cada sucursal pueda procesar pagos sin interrupciones, sin importar las condiciones. Una caída de internet, una terminal dañada o un pico de demanda inesperado pueden paralizar las ventas en minutos.

Lado.mx

Reporta BYD caída de 19% en ganancias anuales.20:12

El gigante chino de vehículos eléctricos, BYD, informó este viernes que su beneficio neto anual cayó 19% en 2025 respecto al año anterior, en un contexto marcado por un débil gasto interno. El beneficio neto atribuible a los accionistas fue de 32 mil 600 millones de yuanes (unos 4 mil 700 millones de dólares), frente …El cargo Reporta

Tribuna Noticias

Las 5 de Los Conjurados con Marcelo García Almaguer. 20:13

La inteligencia artificial avanza a gran velocidad y plantea desafíos que van más allá de lo tecnológico. En entrevista para Los Conjurados, Marcelo García Almaguer, director de la Agencia de Inteligencia Artificial y Ética Algorítmica (AURA) de la BUAP, delineó los principales ejes sobre los que debe construirse una relación responsa

LosConjurados.mx

FIFA enfrenta demanda por precios exorbitantes en boletos del Mundial 2026 (20:00 h). 20:11

Oaxaca de Juárez, 27 de marzo. La FIFA enfrenta una nueva controversia internacional luego de que la Organización de Aficionados Europeos (FSE) y Euroconsumers presentaran una demanda ante la Comisión Europea por los precios calificados de “exorbitantes” de las entradas para la Copa Mundial 2026. Las dos organizaciones que se dedican a la de

ADNSureste.info

Jamaica derrota a Nueva Caledonia y todavía sueña con el Mundial. 02:55

En el primer partido del repechaje A jugado en el estadio de Guadalajara, Jamaica venció 1-0 a la modesta Nueva Caledonia, ubicada en la posición número 150 del ranking de selecciones de la FIFA. Bailey Cadamarteri, joven delantero de 20 años, hizo el gol que ilusiona a los Reggae Boyz con jugar su segundo Mundial […]La entrada Jamaica de

Versus.com.py

La nueva alianza que dominará los camiones militares: el contrato de 3.000 vehículos para España y su ambición internacional. 02:50

La multinacional alemana Rheinmetall AG e Indra Group han firmado un memorando de entendimiento para una empresa conjunta

Infobae

pachuca vs rayadas femenil

Pronóstico Pachuca Femenil vs Rayadas: cuotas y predicciones de la Liga MX Femenil. 16:05

Pachuca Femenil vs Rayadas se enfrentan en uno de los duelos más esperados de la jornada en la Liga MX Femenil. Ambos equipos llegan en la parte alta de la tabla, consolidándose como serias candidatas al título y prometiendo un espectáculo de alto nivel en el Estadio Hidalgo. Este choque de potencias definirá mucho de …

365scores

¿Qué canal pasa Pachuca Femenil vs Rayadas hoy: dónde ver EN VIVO la Liga MX Femenil?. 17:10

Pachuca Femenil vs Rayadas protagonizan el duelo más esperado de la jornada en la Liga MX Femenil. Las Tuzas llegan tras vencer a Pumas, consolidándose en la parte alta de la tabla, mientras que las Rayadas mantienen un paso firme tras golear al Atlético San Luis y empatar sin goles ante Chivas. Con ambos equipos …

365scores

Pachuca Femenil vs Rayadas: resultado EN VIVO por la Liga MX Femenil. 19:10

Esta tarde se vive uno de los duelos más apasionantes del balompié femenino cuando Pachuca Femenil vs Rayadas se vean las caras. Ambos conjuntos, protagonistas constantes de la Liga MX Femenil, se citan en una jornada donde los tres puntos son fundamentales para escalar en la tabla de posiciones y consolidarse como candidatas al título, …

365scores

cesio 137

Emergencia radioactiva: el caso real explicado, ¿qué pasó con el cesio-137 en Brasil?. 24 de Marzo, 2026 18:26

El mes de marzo está por terminar pero aún hay muchos estrenos por disfrutar en Netflix y uno de ellos es Emergencia radioactiva. La nueva miniserie brasileña creada y dirigida por Gustavo Lipsztein. La serie está basada en el caso real del Cesio-137 ocurrido en Goiânia, Brasil, en 1987, uno de los peores accidentes radiológicos […]The

Gluc.mx

La historia real detrás de la serie “Emergencia radiactiva”: el accidente de cesio-137 que conmovió a Brasil. 26 de Marzo, 2026 08:40

Cómo fue el accidente radiológico en el que se inspira la producción de Netflix. Qué pasó y por qué sigue impactando hoy

Infobae

Los taxis de CDMX no pueden entrar a Uber ni Didi: gobierno advierte multas de hasta 49,000 pesos. 15:12

La Secretaría de Movilidad de Ciudad de México lanzó una advertencia directa para taxistas con concesión. No existe ningún acuerdo que les permita entrar a plataformas digitales creadas para autos particulares. Quien lo haga se expone a sanciones que pueden rebasar los 49,000 peso

Xataka México

clima leon gto

Pronóstico del clima en Monterrey, Nuevo León hoy 26 de marzo de 2026. 26 de Marzo, 2026 06:25

Descubre el clima de Monterrey para hoy, 26 de marzo de 2026, con un día mayormente soleado y temperaturas agradables. Prepárate para disfrutar de un clima perfecto para actividades al aire libre.

Debate.com.mx

Pronóstico del clima en León, Guanajuato hoy 27 de marzo de 2026. 05:25

Descubre el clima que te espera hoy en León, con un día soleado y temperaturas agradables. Prepárate para disfrutar de un clima perfecto para actividades al aire libre.

Debate.com.mx

Pronóstico del clima en Monterrey, Nuevo León hoy 27 de marzo de 2026. 06:25

Descubre el clima que te espera hoy en Monterrey, con un día mayormente soleado y temperaturas agradables. Prepárate para disfrutar de un clima perfecto para actividades al aire libre sin preocupaciones de lluvia.

Debate.com.mx