Xalapa, Veracruz.
- De 3 a 9 años de prisión y la inhabilitación de su cargo por el mismo periodo, es lo que podría enfrentar la jueza de control adscrita al penal de Pacho Viejo, Mónica Segovia Jácome, debido a que hasta la fecha no ha cumplido con la orden emitida por la justicia federal, para poner en inmediata libertad al exfiscal General del Estado, Luis Ángel Bravo, actualmente detenido por el delito de desaparición forzada.
Y es que Segovia Jácome fue emplazada por una juez federal para cumplir una resolución del Tribunal Colegiado que instruye la inmediata libertad del exfiscal, al habérsele violado un amparo que impedía su detención.
Patricia Marcela Diez Serdán, Juez Quinto de Distrito en Materia Penal de la Ciudad México, ordenó a Segovia Jácome informarle en un lapso de 24 horas el sentido de la resolución que instruye resarcir la garantía violada dentro del juicio de amparo 439/2108, es decir la libertad del exfuncionario.
Mónica Segovia, en sustitución de Alma Aleida Sosa (quien se excusó del caso), al conocer de la resolución del Tribunal Colegiado, negó la libertad a Bravo Contreras, bajo el argumento de que dicha resolución era solo “enunciativa”, por lo que solamente se dio por enterada.
PUNTOS CLAVE EN EL CASO 1.
-Como se recordará, Luis Ángel Bravo fue detenido en la Ciudad de México el 17 de junio de 2018, a la 13:00 horas en Sanborns de la Plaza de las Estrellas, a pesar de que está en plena vigencia una suspensión provisional concedida a su favor por la Juez Quinta de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, por lo que, de acuerdo con fuentes allegadas al caso, fue violatorio desde ese momento la suspensión del amparo.
2.
-Bravo Contreras fue llevado a Xalapa y puesto a disposición de la Juez que giró la orden, Alma Aleida Sosa Jiménez quien legalizó la detención a pesar de estar protegido por una suspensión provisional.
3.
-Le fue decretada prisión preventiva oficiosa al exfuncionario durante el mandato de Javier Duarte, fuentes consultadas por El Dictamen reiteran que el delito por el cual se giró la orden no amerita prisión preventiva oficial, al no estar incluido en el catálogo del artículo 19 Constitucional ni en el 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
4.
-Tras la detención Luis Ángel Bravo promovió y ganó un amparo contra la medida cautelar, por lo que la juez Alma Aleida Sosa Jiménez varió la medida de prisión preventiva oficiosa por la de prisión preventiva justificada, argumentando que Luis Ángel Bravo promovió un amparo en la Ciudad de México en lugar de hacerlo en Xalapa, por lo que se presumía un “riesgo de fuga”.
5.
-Después de 5 meses de espera, Tribunales Colegiados de la Ciudad de México acordaron que se violó la suspensión provisional decretada en el juicio de amparo 439/2018 del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, estableciéndose en la sentencia que no debió haber sido privado de su libertad, por lo que la jueza Alma Aleida Sosa Jiménez no debió imponer la medida cautelar restrictiva al exfiscal, advirtieron fuentes cercanas.
6.
-Al requerir más autoridades federales de la Ciudad de México el cumplimiento a esa resolución -recordaron las fuentes consultadas por El Dictamen-, la jueza sustituta Mónica Segovia Jacome (quien tomó el lugar de Sosa Jiménez luego de que se deslindara del caso), se abstuvo de dar cumplimiento en las 24 horas a partir de que recibió la notificación de ese fallo (esto el lunes 10 de diciembre de 2018) de conformidad con el artículo 209 de la ley de amparo.
Hasta este viernes 14 de diciembre, la citada jueza continúa sin ordenar la libertad de Luis Ángel Bravo, por lo que se expone a ser sancionada con pena de prisión y separación de su encargo de acuerdo a lo que consigna el artículo 262 de la Ley de Amparo, advirtió la fuente entrevistada por El Dictamen.
El artículo 209 de la Ley de Amparo cita textualmente que “cuando la autoridad responsable se resista a dar cumplimiento a los mandatos u órdenes dictados en materia de amparo será sancionada en la forma precisada en el Código Penal aplicable en materia federal para los delitos cometidos contra la administración de justicia, por los actos u omisiones ahí previstos”.
Así mismo el artículo 262 advierte que se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que “no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra”.
Ex fiscal acusa a Edel Álvarez Peña de mantenerlo en prisión.
El ex fiscal Luis Ángel Bravo responsabilizó al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz, Edel Álvarez Peña de mantenerlo en prisión.
Fue el periodista Ciro Gomez Leyva en su programa en Imagen quién reveló que tuvieron la posibilidad de charlar con el ex funcionario Duartista que está en Pacho Viejo.
“Todo esto que se está generando en el escenario, parte de la mano oculta de alguien que cobardemente a través de sus sicarias jurídicas que son las juezas de aquí de Veracruz , ordena que a toda acosta se me mantenga privado de la libertad”.
Responsabilizó directamente al presidente del poder judicial en Veracruz de querer dejarlo en prisión.
“El es Edel Alvarez Peña que es el presidente del tribunal superior de justica que por motivos que ignoro por que no sé qué razones tenga para mantenerme preso pese cuando la justicia federal se ha pronunciado en que tengo la razón”, dijo en un breve extracto de la entrevista que se dará a conocer de forma completa el próximo lunes.